¿Ha llegado el fin de los emails de publicidad?

Las bandejas de los usuarios de correo electrónico se llenan cada día de publicidad de diferentes empresas, ¿puede esto cambiar con el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos?

23 JUL 2018 · Lectura: min.
¿Ha llegado el fin de los emails de publicidad?

Hasta hace poco más de un mes muchas empresas enviaban a diario miles de emails publicitarios a los contactos que tenían en sus bases de datos sin importar si existía conformidad o no del receptor, de forma indiscriminada. En algunos casos los receptores habían solicitado expresamente esas comunicaciones, en otros, la empresa simplemente había accedido a una base de datos de contacto que otra empresa le había cedido o vendido. Precisamente esta conducta es una de las que más molesta a los usuarios de correo electrónico, que ven día tras día como su bandeja de entrada se llena de correos no deseados.

Con la entrada en vigor, el pasado 25 de mayo, del Reglamento General Europeo de Protección de Datos, y ante la amenaza de multas económicas bastante cuantiosas,muchas empresas han cambiado ligeramente su modus operandi, e incluso enviaron correos electrónicos a esas enormes listas de contactos comunicándoles básicamente que ellos aplicaban este reglamento "a rajatabla". Con ello pretendían salvar la legalidad de su actuación, aunque nada más lejos de la realidad, prácticamente ninguno de estos correos solicitaba el permiso para poder seguir enviando publicidad a esa dirección electrónica, simplemente asumían que, por el mero hecho de recibir la comunicación y no manifestar el deseo de no seguir recibiendo SPAM de esa empresa, el receptor estaba de acuerdo con estos envíos.

Sin embargo, no es tan simple como eso, el reglamento exige que se recabe el consentimiento expreso de los clientes para poder tratar sus datos personales, sea cual sea la finalidad del tratamiento, y el envío de correos publicitarios también se considera un tratamiento de datos personales. En concreto, explicita que el consentimiento para cualquier tratamiento debe de ser, sin ninguna excepción, expreso y claramente destinado al uso que se vaya a realizar de los datos, no pudiendo ser ni genérico ni tácito. Es decir, no vale con que el cliente no conteste al email diciendo que quiere darse de baja de la base de datos, tampoco con que no clique el apartado de darse de baja de la suscripción que figura, en letra pequeña, al final de muchos de estos emails. Es la empresa la que debe de asegurarse de explicar al cliente para qué fines va a utilizar los datos personales de los que dispone y pedirle que exprese su conformidad dejando constancia de ésta.

Por supuesto, ni que decir tiene que, las empresas no pueden compartir sus bases de datos de clientescon otras empresas, pues esto es completamente ilícito y objeto de la pertinente sanción, tanto para la empresa cedente de los datos, como para la cesionaria. Lo que sí es lícito, sin embargo, es que se compartan este tipo de datos entre las empresas del mismo grupo empresarial, siempre que el dueño de losmismos haya dado su consentimiento expresamente a esta cesión de datos y se le hayan explicado los fines de la misma.

Como vemos, si eres una empresa y quieres enviar correos electrónicos de contenido publicitario a tus clientes o personas que se hayan interesado por los servicios que ofertas, tienes siempre que recabar un consentimiento expreso de la persona a la que vas a hacer el envío. En el caso de que seas un particular que recibe decenas de emails publicitarios no deseados, y siempre que no hayas dado permiso a la empresa que los envía para el tratamiento de tus datos personales, puedes poner esta circunstancia en conocimiento de la Agencia Española de Protección de Datos mediante la correspondiente reclamación. En cualquiera de los dos casos aconsejamos que, ante la duda, siempre se acuda a un experto en protección de datos personales.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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