¿Dónde está el límite del Sharetening?

El Sharetening es el hecho de compartir fotos y vídeos de los hijos e hijas en las redes.

7 FEB 2017 · Lectura: min.
¿Dónde está el límite del Sharetening?

Las redes sociales son protagonistas, de nuevo, de una moda cada vez más extendida, el ya llamado "sharetening", que consiste en compartir fotos y vídeos de nuestros pequeños a lo largo y ancho del universo internauta, pero ¿qué riesgos entraña publicar el día a día de nuestros hijos? ¿Qué pasa con sus derechos de imagen? ¿Sería posible que un menor demandase a sus padres por esto?

Aunque se trata de un tema de relativa actualidad, pues las redes sociales son bastante jóvenes, son ya muy frecuentes las advertencias que se realizan desde órganos estatales sobre los peligros que el publicar tantas fotos sobre los más pequeños de la casa puede conllevar. A título de ejemplo vamos a incluir en este artículo algunas de las consecuencias que este gesto tan habitual ya simple vista tan inofensivo, puede acarrear:

  • "Morphing", este palabrejo tan extraño define una práctica muy extendida en las redes de pornografía infantil. Se trata de, a través de programas de edición, hacer un montaje con la cara de nuestros sonrientes y felices niños con los cuerpos de los niños explotados para la pornografía infantil. El fin de esta técnica es más que evidente, ya que las caras reales de los niños que aparecen en las fotografías,sometidos y explotados, reflejan un sufrimiento que estas redes quieren ocultar.
  • Falta de intimidad en las fotos publicadas, a las que en muchas ocasiones puede acceder cualquiera. Esto sucede, sobre todo, cuando no se configuran correctamente las opciones de privacidad de lo que compartimosy pasa a ser visible públicamente. Además, algunas de estas plataformas incluyen entre sus cláusulas la cesión de derechos de explotación de las fotografías que se suben a la misma, por lo que sin querer les podemos estar dando la posibilidad de ceder o vender nuestras fotos más íntimas, ya que casi nadie leemos los términos y condiciones de las aplicaciones que tenemos instaladas en el teléfono, o de las plataformas que utilizamos.
  • Si estas dos anteriores razones no te parecen suficientes, esta tercera te hará reflexionar, ¿has pensado en si tu hijo querría ver esa fotografía suya en Internet por el resto de su vida? Muchas veces subimos fotos de las que no nos paramos a pensar que estarán ahí ya para siempre, y esto quizá en un futuro pueda afectarnos, pero en el caso de nuestros hijos es aún peor, pues estamos ya empezando a configurar su imagen digital sin siquiera su consentimiento. Estas fotografías les perseguirán el resto de sus vidas, y cuando alguien teclee su nombre en Internet serán vistas, esto puede que ahora no le des demasiada importancia, pero en un futuro esas fotos pueden traerle problemas como burlas en el colegio, o incluso más allá, perjudicarle en su futura carrera laboral.
  • Falta de seguridad, pues no sabes quien puede hacerse con las fotos de tus hijos, ni siquiera si a través de las mismas podría llegara estar en juego su integridad física. Nunca deben de subirse fotos en las que se muestren los detalles de las rutinas de tus hijos, como actividades, horarios, colegio, etc. Tampoco fotos en las que aparezcan elementos que los hagan fácilmente localizables como la matrícula de tu coche, el portal de tu casa o sus datos personales. Aunque parezca una tontería, volvemos al punto primero en el que hablábamos de las redes de pornografía infantil, o redes de tráfico de niños, que pueden tenerlo muy fácil si les servimos todos los datos de nuestra vida diaria. Mucho menos aún subas fotos en las que aparezcan desnudos, por muy adorable que a ti te parezca su primer baño.

Con respecto a los derechos de imagen de los menores, hemos de decir que si bien es cierto que en España, al menos de momento, no existe una regulación legal que prohíba que los padres suban fotos de sus hijos en las redes, no es menos cierto que la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, junto con la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, se conjugan entre ellas para otorgar una protección integral de los derechos del menor a este respecto.

De hecho, en el artículo 4.2 de la LO 1/1996, se establece la posibilidad de que el Ministerio Fiscal actúe incluso de oficio si se sospecha que se esta llevando a cabo alguna una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o alguna otra actuación que sea contraria a sus intereses, Además de la más que evidente posibilidad de que al llegar a la mayoría de edad sea el propio menor el que demande a sus padres si considerar que se le ha menoscabado este derecho.

Aprovechamos también para advertir sobre la publicación de imágenes en las que aparezcan los amigos de nuestros hijos, con respecto a las cuáles remarcamos la necesidad de tener siempre el consentimiento de los padres, si es posible por escrito, antes de publicar ninguna foto, pues nos podemos meter en un buen lío. Aunque no debemos publicar imágenes de terceros sin su consentimiento, esto es especialmente relevante en el caso de los menores, cuya imagen está protegida con más ahínco, por lo que ante la duda mejor no subir ninguna foto en la que salgan otros niños. Además, hemos de tener en cuenta que el consentimiento es revocable, por lo que si llega el caso de que los padres del menor dejen de estar de acuerdo con la publicación de su foto tendrás que eliminarla sin más preguntas.

Habida cuenta de todo esto nuestro consejo es, que evites en lo posible sacar a tu hijo en las fotos en las redes sociales, no ya sólo por su reputación digital y su derecho a la privacidad y la intimidad, sino también por su propia seguridad. Pero si quieres sacar alguna foto, siempre es mejor que estas fotos sean las mínimas posibles, y mucho mejor si no se le reconoce (como fotos de espaldas, por ejemplo). También hemos de tener cuidado con las fotos que publicamos en nuestros perfiles de otro tipo de aplicaciones, como la famosa aplicación de mensajería instantánea. Estas fotos generalmente pueden descargarse por otros usuarios, o en su defecto hacer un pantallazo con su teléfono móvil, y nunca podemos saber quién se halla al otro lado de la pantalla, ya que esta aplicación permite a cualquier persona que tenga nuestro número de teléfono ver esa imagen de perfil.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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