¿Derecho de servidumbre?

Realizada por María. 10 jul 2017 Derecho Inmobiliario

Buenas tardes.

Tengo una duda con una vivienda que antes era todo de una persona, pero por herencias se dividió en dos.

Tengo una vivienda antigua, desde la que se salía a un corral viejo para posteriormente salir a un patio trasero propiedad de dicha vivienda.

En el corral viejo han construido una vivienda, de la cual la planta de abajo es todo garaje, por lo que yo sigo saliendo ahí para acceder a mi patio. Sigo teniendo puerta de acceso a su garaje para ir a mi patio.


Ahora la dueña de la vivienda nueva quiere vender la casa, por lo que no voy a poder acceder a mi patio.

¿Tengo derecho a servidumbre a través de su garaje? La puerta ya existía mucho antes de construir la vivienda nueva.

Gracias.

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Buenos días María,
La servidumbre es una carga para una finca y un derecho para otra, no un derecho adherido a la persona. Si se vende la propiedad, usted tiene el derecho a seguir disfrutando de esa servidumbre puesto que está inscrita como carga en el registro de la propiedad de la finca vecina. En caso contrario, usted tiene un derecho de acceso, además, si ya constaba ese acceso a la nueva vivienda
Esperamos haberla ayudado, para cualquier duda contacte con nosotros. Un cordial saludo.

Despacho Borche Abogado en Palma de Mallorca

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Hola María;

A pesar de lo escueto de la información, si tu llevas tiempos usando el garaje de la vecina para acceder a tu patio y tienes posibilidad de acreditarlo, aun en caso de que la misma te niege el paso, podras acudir a la vía judicial para hacer valer tu derecho con muchas probabilidades de exito.

Un saludo.

César Carranza Merino Abogado en Castro-Urdiales

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