Mi hijo quiere vivir conmigo, pero no tengo la custodia

Mi hijo me ha manifestado que quiere venirse a vivir, ¿Qué debo de hacer para conseguir su guarda y custodia exclusiva?

15 OCT 2018 · Lectura: min.
Mi hijo quiere vivir conmigo, pero no tengo la custodia

Tras la separación o el divorcio de los padres, se establecen las medidas paternofiliales y, por tanto, se establece el tipo de guarda y custodia, y en el caso de que se trate de una custodia en exclusiva, con quien va a vivir el menor. Con el paso del tiempo, en ciertas ocasiones, el menor puede llegar a sentirse incómodo con lo establecido en un inicio, por ejemplo, si el progenitor con el que convive ha iniciado una relación con una nueva pareja, y puede que desee irse a vivir con el otro progenitor. También puede pasar que, en las custodias compartidas, llegue un momento en el que el menor no desee estar itinerando entre ambos progenitores y se muestre más inclinado a convivir con uno sólo de ellos.

En estos casos, el cambio requiere unos ciertos pasos y acuerdos entre las partes, o en su defecto, una sentencia judicial que lo imponga. Vamos a ver que pueden darse dos situaciones diferentes:

La primera de las situaciones posibles es que ambos progenitores estén de acuerdo con el deseo del menor. Esta es la situación más simple, pues no habrá más que acudir a un abogado que nos elaborará un convenio de modificación de medidas paternofiliales de mutuo acuerdo. Este convenio se presentará ante el juez, y una vez ratificados ambos progenitores en el cambio, y previo informe del Ministerio Fiscal, el juez dictará una sentencia que en muy raras ocasiones es desfavorable al cambio.

La segunda de las situaciones es justo la contraria, los padres no están de acuerdo en que se produzca el cambio de régimen de custodia, bien sea para pasar de una custodia compartida a una exclusiva, o bien pasar de una exclusiva de un progenitor a la exclusiva del otro progenitor. En estos casos, al no existir acuerdo entre las partes es bastante más complicada la cuestión, pues se tendrá que plantear una demanda contenciosa de modificación de medidas. Si el menor tiene más de doce años, o si siendo menor de esa edad demuestra una madurez excepcional, se escuchará y tendrá en cuenta su opinión en el procedimiento. Ello se llevará a cabo a través de una especie de entrevista que el menor tendrá que realizar con el juez y el Ministerio Fiscal, sin abogados ni padres, de forma que el menor pueda estar menos cohibido y se valore correctamente cuál es su opinión al respecto de la modificación solicitada. Para el caso de los menores de doce años, el progenitor que solicite el cambio, puede justificarlo con informes como el de un perito psicólogo, también se puede pedir la exploración del juez y el fiscal a los menores en estos casos, pero no siempre es tenida en cuenta, pues si el niño es muy pequeño, puede ser fácilmente manipulable por los padres.

Como podemos observar, la mejor opción es siempre que exista un acuerdo entre los propios padres, pues el procedimiento en esos casos es mucho más sencillo y rápido, asegurando que se va a acordar la modificación solicitada. Sin embargo, en el caso de que exista un conflicto entre las partes, el resultado del procedimiento puede ser más dudoso, sobre todo en los casos en los que se trate de menores de doce años, pues muy pocas veces se suele alterar el régimen de custodia inicial en estos casos. Aunque si es mayor de doce años, es más que posible que el juez adopte la modificación solicitada si así lo expresa el menor en la exploración.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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1 Comentarios
  • Adriana Hnz

    Hola. Mi pregunta es... mi esposo tiene un hijo el nino tiene 11 a~os no quiere vivir con la mama la sra tiene la custodia conpleta ya que ella en el pasadole puso cargos de agrecion fisica de eso ya 9 a~os haora el nino quiere vivir con el ay posibilidad q que si el va Con el juez le otorguen la custodia ya que el tiene esos cargos

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