Me han hecho un contrato de 4 horas diarias pero trabajo 8, ¿qué puedo hacer?

Las pillerías están a la orden del día, por lo que las situaciones en las que el trabajador está asegurado menos horas de las que trabaja suelen ser de las más habituales.

19 OCT 2017 · Lectura: min.
Me han hecho un contrato de 4 horas diarias pero trabajo 8, ¿qué puedo hacer?

Además, la situación económica de los últimos años ha favorecido, precisamente, ese tipo de prácticas, pues los trabajadores se encontraban entre la espada y la pared al ser intimidados con la idea de ser despedidos si no aceptaban esas condiciones.

En los mejores casos, esas condiciones son compensadas con pagos en negro, de forma que el trabajador al menos percibe en dinero una cantidad igual o similar a la que percibiría de estar sujeto a la legalidad laboral. A veces, incluso esto se "vende" al trabajador como algo positivo, pues va a "pagar menos a hacienda", o tiene la posibilidad de "cobrar el paro o la ayuda mientras que además está percibiendo ese dinero por su trabajo". Sin embargo, esto sólo es una verdad a medias, pues lo que no le cuentan son las consecuencias negativas que a la larga tendrá esa actuación, entre ellas, no estar cubierto por la Seguridad Social en caso accidente laboral, no tener derecho al cobro del paro o tener una pensión de jubilación muy inferior a la que le correspondería si su contrato estuviera en regla.

Por estas razones, hoy vamos a hablar de qué hacer en caso de que te halles en la situación de estar trabajando, pero tener un contrato de una jornada inferior a la real, o incluso en caso de no tenerlo. Eso sí, no debemos confundir estos hechos con las ocasiones en las que se trabajan horas extraordinarias que no se cobran, pues eso tendrá un tratamiento diferente, siempre y cuando, como su nombre indica, sean situaciones puntuales. Es decir, imaginemos un trabajador en una asesoría que en la época de mayor volumen de trabajo en la empresa se ve obligado a trabajar dos horas más al día durante tres semanas seguidas, este caso es diferente y su reclamación llevará otra vía distinta, pues no es una situación permanente.

El caso del que hoy hablamos es, por ejemplo, el de muchos trabajadores que tienen un contrato a media jornada, pero hacen una jornada completa, o aquellos que a pesar de tener un contrato de formación, trabajan la jornada completa y no están realmente formándose, sino realizando las funciones normales del puesto. ¿Qué es lo que puedes hacer si te encuentras en cualquiera de estas situaciones? Vamos a presumir que ya has intentado hablar con tu jefe y que no ha arreglado tu situación, por lo que hablaremos de qué otras vías puedes ejecutar.

Ante esta situación se abren dos caminos ante ti, uno de ellos incluye una demanda laboral al empresario, mucho papeleo y dificultades para probar los horarios de trabajo o las funciones que realmente realizas; el otro, una simple denuncia ante la Inspección de Trabajo. Esta segunda vía es la que yo personalmente recomiendo, pues es la que mejor te va a permitir probar los hechos que necesitas para que tu situación se normalice, sin la presión de que el empresario conozca que has sido el denunciante y, por ende, puede evitar una incómoda situación que podría incluso desembocar en moving o despido.

En las denuncias ante la Inspección de trabajo siempre se mantiene el anonimato del denunciante, por lo que el empresario nunca sabrá quién ha sido. Además, el acta que el funcionario levanta en esa inspección tiene presunción de veracidad frente a cualquier declaración del jefe y, por tanto, probará todos aquellos extremos que se necesiten para regularizar la situación de los trabajadores.

Presentar una denuncia es sumamente sencillo, de hecho, el propio Ministerio de Empleo y Seguridad Social facilita un impreso modelo de denuncia que simplemente se ha de rellenar y presentar a través de las vías que la misma administración concreta. A partir de la denuncia, un funcionario de la Seguridad Social se presentará en la empresa para investigar los hechos denunciados, siempre manteniendo el anonimato del denunciante. Por ejemplo, si se denuncia que se están trabajando ocho horas y se está asegurado cuatro, el inspector llegará y pedirá los contratos de toda la plantilla y levantará acta de quién se encuentra en la empresa trabajando, etc. Tras comprobarse las irregularidades, se levantará un acta de inspección, finalmente se concluirá el procedimiento condenando a la empresa a regularizar la situación laboral de sus empleados, además de imponerle la correspondiente sanción económica por la infracción.

En cualquier caso, ante estas situaciones, nuestra recomendación no puede ser otra que la de siempre consultar a un abogado especialista en temas laborales que pueda aconsejarnos acorde a nuestro caso concreto. Este artículo está basado en una situación estándar que no siempre tiene que coincidir con la tuya, por lo que siempre será mejor asegurarse con un profesional de los pasos que se dan, para asegurar siempre el mantenimiento intacto de todos los derechos que nos puedan corresponder.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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15 Comentarios
  • Nélida De La Caridad Trujillo Blanco

    Yo realice una denuncia en la inspección del trabajo a mi empresa y la jurídica de la empresa me llamo para decirme que había metido a.la.empresa en.problemas con la denuncia osea que no fue anónima para el.empresario y que no iba a permitir hundiera a la empresa pues denuncie en los juzgados un accidente laboral no reconocido pues jamás me indicaron la mutua , que hizo aumentar mi.discapacidad del 33% al 69% actualmente encontrándome con IT pendiente de una incapacidad permanente por riesgos físicos y psicológicos sometidos en una comunidad que entraba en reparación y pintura y no tuvieron presente era discapacitada y tuve un accidente laboral que me recogió .el.SUMA en centro laboral y me.llevo al hospital .

  • Ines Rojas Lucero

    Hola , mi contrato de trabajo pone 40 horas a la semana mientras yo trabajo 12 horas diarias de lunes a sábado. Jornada completa , y es nocturno mientras en mi contrato no pone que es jornada nocturna . Esto es normal ? Lo debo firmar o que puedo decirle a mi empleador ? Es trabajo domestico cuidando a una persona mayor .

  • Mery A.

    Buenos días, una empresa me ha contratado de manera temporal y a tiempo parcial, 12 horas (distribuidas así: Lunes 2h, Martes 2h, Miércoles 4h y Jueves 4h.). Sucede que estuve revisando mi vida laboral, y resulta que solo me tienen cotizando 2 días a la semana, a un 29,9% y no cuadra. ¿Que debería hacer? ¿Debería hablar directamente con mi coordinadora en la empresa o contacto con la inspección de trabajo? Gracias por su tiempo.

  • Maria

    Si en contrato tengo 4 horas tres días ala semana 6.30 me paso de20 semanales

  • Rocío Fernández

    ,mi hijo está dado de alta 4 horas diarias.El problema es que yo me he operado ,ha faltado dos días ,esos días le pertenece cobrarlos? Porque no se lo han pagado

  • Kenia Karina tinoco González

    Hola me párese muy buena la información soy una chica me an echo un contrato por 5 horas diarias cuando en realidad trabajo 11 horas solo me pagan 900 € mes y ahí van incluidas vacaciones y todo

  • Alfredo García

    En respuesta a Mario Rodríguez, decirle que en el buzón de la ITSS, se pueden comunicar las irregularidades o fraudes que suelen hacer los empresarios a los trabajadores,(que por desgracia son muchas) y esta información es totalmente anónima, pues en el formulario a rellenar en ningún momento se te pide que te identifiques. Es de sensatez, y tener dos dedos de frente al utilizar esta vía de información, de forma correcta. No?

  • MARÍA ROSADO

    Buenos días, estuve trabajando 10 años asegurada 4 h, con una semana de vacaciones y sin un simple día de asuntos propios, en el últimos mes trabaje de lunes a domingo por un favor ya que mi jefe se fue a un viaje, todoesto me a llevado a un estrés que me hizo dejar el trabajo después de una discusión, que puedo hacer ahora

  • mario rodriguez

    Hola, no estoy muy de acuerdo con que la denuncia ante la inspección de trabajo se anónima. Ello podría ser reclamado por la empresa como indefensión, al no conocer la identidad de demandante y poder alegar contra la reclamación. Un abogado podría fácilmente conseguir, legalmente, la correspondiente autorización de la inspección, para que le sea revelado el nombre del denunciante.

  • jose antonio moralo

    te pueden hacer un contrato de una hora? aunque luego haces mas, incluido horas de viaje


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