El Estado regulará en exclusiva el examen de acceso a la abogacía

El Tribunal Constitucional confirma que será el Estado el que posea la competencia exclusiva para regular los exámenes obligatorios que deben superarse para ejercer la abogacía.

11 NOV 2014 · Lectura: min.
Foto de David Mataix Cortés - Abogado.

El Tribunal Constitucional (TC) finalmente ha dictado sentencia y confirma que será el Estado el que posea la competencia exclusiva para regular los exámenes obligatorios que deben superarse para ejercer la abogacía en España. Con ello, el Tribunal responde al recurso de inconstitucionalidad presentado por la Generalitat de Catalunya referido a la ley que rige actualmente el acceso a las profesiones de procurador y letrado.

Argumentos esgrimidos

En el fallo, el Constitucional especifica que el Estado es el único organismo con poder para regular "las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos profesionales que habilitan para ejercer una profesión titulada".

Además, ha determinado que, precisamente, es esta circunstancia la que "garantiza la igualdad en el ejercicio de los derechos en cualquier parte del territorio español". Asimismo, confirma que es una competencia inevitablemente ligada a "la garantía de libertad de circulación y establecimiento de los profesionales".

Reacciones de los afectados

La Generalitat catalana ya explicó, en el momento de interponer el recurso, que dicha competencia no tenía por qué implicar la exclusividad estatal, y alegaba las competencias autonómicas que dispone en materias como la educación básica obligatoria o la enseñanza universitaria.

Así, tras conocer la sentencia, el organismo catalán ha valorado, a través de un comunicado, que no considera que aparezca debidamente justificada la necesidad que la condición de igualdad a la que se alude sólo pueda conseguirse sacrificando unas competencias ejecutivas que ya habían sido reconocidas previamente como autonómicas.

Por otra parte, el Consejo de Abogacía Catalana –el organismo que agrupa a los 14 colegios de abogados que existen en Catalunya- también ha valorado negativamente el fallo del TC. Desde su punto de vista, con los argumentos esgrimidos lo que finalmente se consigue es impedir al gobierno autonómico el ejercicio de unas competencias atribuidas y aceptadas por el Estatut vigente.

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