Las diferencias esenciales entre un divorcio de mutuo acuerdo y un divorcio contencioso

En las crisis matrimoniales los cónyuges se plantean las opciones para terminar con el vínculo matrimonial, pero ¿qué diferencias existen entre un divorcio de mutuo acuerdo y un contencioso?

18 SEP 2018 · Última modificación: 23 SEP 2020 · Lectura: min.
Las diferencias esenciales entre un divorcio de mutuo acuerdo y un divorcio contencioso

¿Cuáles son las diferencias entre un divorcio de mutuo acuerdo y un divorcio contencioso?

Cuando surge la crisis matrimonial y los, hasta ese momento, cónyuges quieren disolver este vínculo, les empiezan a asaltar las dudas sobre la mejor forma de poner fin a la relación. En general, no podemos decir que exista realmente una forma que sea mejor que la otra, la cuestión es la predisposición de los cónyuges para poner fin a su relación y llegar a todos los acuerdos que esto necesita. Por tanto, la elección al final irá de la mano de sí la separación es amistosa o si se trata de una especie de guerra abierta entre ambos. Pues en el primer caso, se podrá acudir sin problemas a un procedimiento de mutuo acuerdo, mientras que en el segundo, la única posibilidad es la de un contencioso.

El resultado final en ambos procedimientos va a ser, en cualquier caso, el mismo: el vínculo matrimonial quedará disuelto. Además, en ese procedimiento se ventilarán otras cuestiones como la guarda y custodia si hay hijos comunes menores de edad, pensiones alimenticias, pensiones compensatorias, etc.

Documentación

En el caso del divorcio de mutuo acuerdo, simplemente se tendrán que aportar la certificación de la inscripción del matrimonio y, en su caso, las de inscripción de nacimiento de los hijos en el Registro Civil, así como la propuesta de convenio regulador. El convenio regulador es el documento en el que se fijan los aspectos que van a regir el divorcio, aquí se plasman la pensión de alimentos, la pensión compensatoria, la guardia y custodia y el régimen de visitas, la forma en la que se van a partir los bienes comunes, o en manos de quién va a quedar su uso, etc. En el caso de que se ventile a través de un procedimiento contencioso se tendrán que aportar otros documentos como declaraciones tributarias, nóminas, certificaciones bancarias, títulos de propiedad o certificaciones registrales. Todo ello, con el objetivo de que el juez pueda evaluar la situación económica de los cónyuges e hijos, de cara a establecer todas esas medidas en sustitución de la voluntad de las partes.

Plazo

Como todo procedimiento judicial, el procedimiento contencioso requiere de una serie de pasos y trámites burocráticos que hacen mucho más lenta la resolución. Además, también requiere de la celebración de su correspondiente juicio. Por su parte, el de común acuerdo es un proceso que se premia por la Ley de Enjuiciamiento Civil, otorgándole una tramitación mucho más ágil, las partes aportan casi todo el trabajo hecho, así que simplemente deben de ratificarse por separado en el juzgado (no hay juicio) y, casi automáticamente, se les concederá el divorcio y se aprobará su convenio regulador. Salvo que se encuentre alguna irregularidad en la propuesta de este, en poco más de un mes puede estar ya concedido el divorcio.

Convenio regulador

En el procedimiento de mutuo acuerdo las partes tienen una mayor flexibilidad para establecer ciertos pactos con respecto a su divorcio, como los términos de guarda y custodia de los hijos. En general, estos pactos deben de ser respetuosos y no vulnerar el derecho de ninguno de los cónyuges, pues en ese caso el juez puede no aprobar esa parte del convenio, pero siempre que estén dentro de unos límites normales, el juez no pondrá impedimentos a la libre voluntad acordada entre ellos. Por ejemplo, en un divorcio contencioso, el régimen de visitas del progenitor no custodio suele ser el típico de un fin de semana alterno más una tarde a la semana. Sin embargo, si hay acuerdo entre las partes, se podría acordar que los menores pasen todos los sábados con el progenitor no custodio, por ejemplo.

Costes

Aquí es dónde estriba una de las mayores diferencias, pues el tratarse de un procedimiento de mutuo acuerdo puede reducir los costes incluso a más de la mitad con respecto a los de un procedimiento contencioso. Esto se debe, no solo a que es un procedimiento más corto de tramitar, y por tanto, más sencillo; además, las partes pueden compartir tanto el procurador como el abogado, lo que evidentemente baja drásticamente los honorarios, con respecto a contratar ambos profesionales para cada uno de ellos.

Como podemos observar, es cierto que existen diferencias sustanciales entre ambos procedimientos, y que el procedimiento de mutuo acuerdo es bastante más ventajoso para las partes. Eso sí, en estos casos, lo importante no son solo las ventajas judiciales o económicas que otorga el mutuo acuerdo, sino que realmente los cónyuges estén dispuestos a una negociación real y justa para ambas partes.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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