El Punto de Encuentro Familiar en el régimen de visitas

Por regla general, el régimen de visitas debe desarrollarse en un ámbito normalizado, siendo el Punto de Encuentro un sitio excepcional y temporal.

16 AGO 2018 · Lectura: min.
El Punto de Encuentro Familiar en el régimen de visitas

Por regla general, el régimen de visitas debe desarrollarse en un ámbito normalizado, siendo el Punto de Encuentro un sitio excepcional y temporal donde pueden desarrollarse las visitas o utilizarlas sólo para la entrega y recogida de los menores.

Ante la imposibilidad de cumplir el régimen de visitas correctamente, se utiliza el Punto de Encuentro mientras subsistan los motivos por los cuales se ha impuesto.

Las razones por las que se aconseja realizar el régimen de visitas en un Punto de Encuentro Familiar son múltiples ya que cada familia es diferente. No obstante, se pueden agrupar de la siguiente forma:

  • Cuando hay una orden de alejamiento entre los progenitores.
  • Por conflictos constantes en las entregas y recogidas de los menores.
  • Por incumplimiento reiterado de los progenitores del régimen de visitas establecido.
  • Por distanciamiento continuado en el tiempo entre los menores y los padres, para lograr retomar la relación de manera paulatina y en compañía.
  • Cuando los menores rechazan las visitas con el progenitor.
  • Si el progenitor no custodio padece alguna enfermedad mental.
  • Si el progenitor no custodio consume alcohol o sustancias estupefacientes.

Para solicitar el cumplimiento del régimen de visitas en un Punto de Encuentro Familiar se debe hacer en el momento en que se acuerdan las medidas definitivas de guarda y custodia ante el Juez. También es posible solicitarlo ante un cambio de circunstancias posterior a la adopción del régimen de visitas, a través de modificación de medidas en el régimen de visitas.

RH Abogados reitera el carácter excepcional de realizar las visitas o las entregas en el Punto de Encuentro Familiar y recomienda utilizar dicho medio cuando sea la única opción para salvaguardar el interés del menor a relacionarse con el progenitor no custodio.

Photos : Shutterstock

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RH Abogados

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