El peligro de la falsificaciones

Hoy, 8 de junio, es el día mundial contra la falsificación, por ello aprovecharemos para hablar de los peligros que conllevan los productos falsificados.

8 JUN 2017 · Lectura: min.
El peligro de la falsificaciones

Aunque en nuestro artículo abordaremos el tema legal,qué nos puede pasar si producimos,vendemos o compramos algo falsificado; no queremos olvidar mencionar el tema de la salud en el caso de que seamos los compradores del objeto falso. Muchas veces son totalmente inofensivos para nuestra salud, como cuando compramos un bolso o una funda del teléfono, pero en ocasiones son mucho más peligrosas de lo que puede parecer, como en el caso de productos de cuidado facial o maquillaje, que pueden contener en sus fórmulas químicos altamente tóxicos que nos causen problemas de salud a medio o largo plazo.

Ahora, sin más dilación, vamos a enfocar la parte legal del asunto. Nuestro Código Penal establece en los artículos 273 y siguientes los delitos relativos a la propiedad industrial, y es en concreto en el artículo 274 en el que se establece el tipo que constituyen los delitos relativos a las falsificaciones. El tipo habla de que las conductas penadas incluyen la fabricación, producción, importación, distribución y/o comercialización, de cualquier producto que incorpore un signo distintivo idéntico o que se confunda con el producto original. Las penas establecidas dependen del beneficio que se pueda obtener o se haya obtenido, y de la escala a la que se realice la falsificación. Es decir, en el caso de un vendedor ambulante que vende esporádicamente unos bolsos falsificados en las ferias de los pueblos, la pena podría ser de seis meses a dos años de prisión, aunque según las circunstancias del caso el juez podría llegar a cambiar esa pena por la de multa de uno a seis meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a sesenta días. En el caso de que la comercialización se lleve a cabo de una forma más "profesional" las penas podrían ir de uno a cuatro años de prisión y multa de doce a veinticuatro meses.

Existe aún una circunstancia más agravada, en la que la pena de prisión irá de dos a seis años, además de multa de dieciocho a treinta y seis meses e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión relacionada con el delito cometido, por un período de dos a cinco años. Estos casos serán cuando se demuestre que han concurrido determinadas circunstancias agravantes, como la obtención de unos beneficios especialmente transcendentes; que los hechos sean de máxima gravedad por el alto valor de los objetos falsificados o la importancia de los daños y perjuicios ocasionados a la marca; que el culpable pertenezca a una organización o asociación ilícita; o que se utilice a menores de 18 años para cometer estos delitos (art. 276 del Código Penal).

Sin embargo, nada dice el Código Penal a lo largo y ancho de todas sus páginas sobre la compra de productos falsificados, conociendo o no que lo son. Por ello, podemos afirmar sin duda alguna que no está penado en nuestro país el hecho de adquirir productos falsificados a sabiendas de que lo son. Con todo y con eso, como hemos dicho al principio, aún sin entrar a valorar la parte ética de fomentar el negocio de las falsificaciones, debemos de ser responsables en nuestras compras y tener especial cuidado con los productos que compramos, pues las falsificaciones nunca tienen la calidad que el producto original y su único parecido es estético, por lo que pueden llegar a ser perjudiciales para nuestra salud. No hablamos ya sólo de falsificaciones en productos de maquillaje o cosmética, existen todo un mundo de falsificaciones que pueden ser peligrosas, zapatillas deportivas que no cumplen con los estándares de calidad necesarios para no dañarnos las articulaciones con el paso del tiempo, juguetes que pueden causar asfixia en nuestros pequeños por desprendimiento de piezas pequeñas e incluso gafas de sol que pueden quemar nuestros ojos por no contener realmente la protección solar necesaria.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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