¿Cómo gestionar un divorcio con hijos mayores de edad pero que viven en casa?

A pesar de que el divorcio es uno de los procesos judiciales más habituales para la gente, por alguna razón desconocida existe un ideario social con respecto al mismo que suele confundir.

25 MAY 2017 · Lectura: min.
¿Cómo gestionar un divorcio con hijos mayores de edad pero que viven en casa?

Muestra de ello es que hasta en los programas del corazón que están siempre tratando este tipo de temas, suelen cometer graves errores al explicar cómo se va a desarrollar el proceso de divorcio de tal o cual persona. Sin ir más lejos, y a título anecdótico, el otro día un periodista de un matinal hablaba del divorcio de una pareja joven sin hijos. Este periodista llegó a asegurar que la chica estaba mintiendo cuando decía que su expareja se había negado a firmar el convenio de divorcio, pues todo el mundo sabía que si no había hijos pequeños en el matrimonio no había que realizar este tipo de convenio. En ese momento sinceramente decidí apagar la televisión, pues lo que realmente hubiera querido era llamar y pedir que, por favor, antes de confundir más a la gente y luego complicar el trabajo de los abogados, se informasen sobre lo que estaban hablando.

Esta introducción, aunque larga, tiene su razón de ser, y es que son muchas las personas que piensan que efectivamente en el caso de no existir hijos menores de edad no se necesitará convenio o no existirá pensión de alimentos. Esta afirmación es completamente falsa, pues en un divorcio siempre hay un convenio regulador de los efectos del mismo. En este convenio no sólo se pactan las medidas con respecto a los hijos del matrimonio (aunque sean mayores de edad), sino que también se insertan cosas tales como la liquidación del régimen económico matrimonial, la forma en la que se va a afrontar el pago de una hipoteca en común, si se va a establecer una pensión compensatoria a favor de alguno de los cónyuges, etc. Por descontado, los casos en los que los hijos no sólo son mayores de edad, sino que además están independizados económicamente de sus padres, no entran en el convenio de divorcio, pues ya no forman parte de la "unidad familiar".

Ahora, entrando más en materia, en el caso de divorcios con hijos mayores de edad pero que aún conviven en el domicilio familiar, las medidas a tomar son ligeramente diferentes a las tomadas cuando son menores. Evidentemente, al ser ya mayores no existe sobre ellos la patria potestad, pues la emancipación ocurre al cumplir los 18 años, y por tanto,no existirán medidas referentes a custodia ni régimen de visitas, será el hijo el que decida con quien va a residir.

Con respecto a la pensión de alimentos, esto va a depender mucho de si el hijo es económicamente independiente o no. En los artículos 142 y siguientes de nuestro Código Civil, se establece que los padres están obligados a prestar alimentos a sus hijos, que comprenden todo lo necesario para sustento, habitación, vestido y asistencia médica, siempre y cuando exista esa necesidad en el hijo. Pero también se establecen las causas por las que la obligación de prestar esos alimentos desaparece, siendo éstas el hecho de que el hijo pueda ejercer ya un oficio, profesión o industria; pero también en el caso de que el hijo necesite esos alimentos por mala conducta y falta de aplicación al trabajo (art. 152 del Código Civil). Generalmente, si el hijo trabaja y tiene unos ingresos que le permiten sustentarse por sí mismo no se establecerá una pensión de alimentos a su favor, aunque se quede residiendo con cualquier de los progenitores. Sin embargo, si el hijo está estudiando, por ejemplo una carrera universitaria y no tiene ingresos de ninguna clase, en principio se fijará una pensión económica a su favor que ayude a su sustento y al pago de sus estudios. Pero, como ya hemos dicho antes, en el caso de que el progenitor obligado al pago de pensión de alimentos pueda probar que el hijo está paseando los libros, la pensión de alimentos se extinguirá y no tendrá derecho a ella.

Como podemos ver, el divorcio con hijos mayores de edad se gestionará dependiendo un poco de la situación de los hijos, si trabajan o no, de los ingresos que generan, del aprovechamiento que hagan en el caso de estar estudiando, etc. Por esta razón es por la que realmente no podemos generalizar ni establecer una gestión común en todos los casos, y será conveniente consultar con un abogado que pueda, tras estudiar el caso, plantear la forma en la que se debe gestionar.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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