¿Cómo evitar un despido?

Descubre más sobre tus derechos laborales.

16 AGO 2013 · Lectura: min.
Hay ciertas circunstancias bajo las que es ilegal despedir a un trabajador. Foto de Lexpi Associats.

¿Sabías que en caso de despido improcedente, la indemnización que recibirá un empleado indefinido será de 33 días por año trabajado durante 24 mensualidades como máximo?

Descubre más sobre tus derechos laborales, especialmente aquellas circunstancias durante las cuales la empresa no podrá despedir de forma procedente a sus trabajadores. En caso de que se rescinda la relación laboral en alguna de las siguientes situaciones, el empleado podrá solicitar la readmisión en las mismas condiciones de las que disfrutaba antes de ser despedido:

  • Estar ejerciendo los derechos de maternidad o paternidad legalmente establecidos supone una protección contra el despido: El amparo se extiende hasta los 9 meses del bebé o, en el caso de que se trate de adopciones, el niño debe ser menor de 6 años para poder disfrutarlo sin riesgos. Igualmente, las madres tienen derecho a solicitar una reducción de jornada tutelada tras haber agotado el correspondiente permiso de maternidad.
  • Solicitar una reducción voluntaria de la jornada: Ésta se concede legalmente en los casos en los que existe una guarda legal de niños menores de ocho años o de familiares directos enfermos hasta que éstos sanan o fallecen. La ley establece que no se puede rescindir el contrato si el empleado se encuentra en esta circunstancia.
  • Ser delegado de personal o sindical o cualquier tipo legal de representante de los trabajadores: Se trata de una figura que participa del comité de empresa defendiendo y reclamando los derechos de la plantilla legalmente, por lo que no se podrá ejercer ningún tipo de represalia contra él –incluido el despido- por esta condición.
  • Pedir una excedencia o encontrarse disfrutando de ella: Los trabajadores pueden pedir dejar su empleo temporalmente, por un periodo de dos o tres años y según unas condiciones establecidas, para cuidar a un familiar hasta de segundo grado o a un hijo. Este hecho no puede suponer el cese del contrato porque, además, la empresa tampoco está obligada a pagar al empleado mientras dura la excedencia.
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