Rescisión de contrato de alquiler

Realizada por Ana. 27 mar 2017 Administración de fincas

Estoy de alquiler en un piso en la comunidad de Madrid desde marzo de 2016. En diciembre hubo un incendio en el local de abajo y nos afectó a todo el edificio, llevamos desde ese día viviendo en un apartahotel ya que el edificio entero está inhabitable de momento.


En marzo ha hecho un año de nuestro contrato de alquiler y decidimos renovar por un año más. La propietaria del piso nos lo quiso vender al pasar lo del incendio pero le dijimos que de momento no teníamos estabilidad económica como para meternos en la compra de un piso. Al cumplir el año nos ha dicho que ya no podemos volver a la casa, que la necesita su hijo, asi que debemos rescindir el contrato.


Mi pregunta es: ¿Solo con su palabra me debe de valer? ¿O me debe justificar de algún modo esa necesidad real del hijo?


Y, al estar el piso inhabitable, ¿El contrato rescinde desde ya, o desde que empiece a estar habitable?


Muchas gracias, un saludo.


Ana

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Estimada consultante:
El contrato se rescinde conforme a lo que nos comenta una vez que se haga la notificación fehaciente de la necesidad para hijo de la propietaria, siempre que se haga con el preaviso mínimo. Evidentemente, Ud. nunca puede saber si la necesidad es real o no.
En caso de sospechar que no lo es, siempre podría comunicarle su voluntad de continuar con el contrato (abonando la renta) de manera fehaciente (burofax) al propietario, indicándole que es su voluntad continuar hasta que no se le acredite la real necesidad del hijo.
Si nada se le acredita, podría continuar con el arrendamiento (siempre que pague) y esperar a que le interpongan una demanda de desahucio, en cuyo caso, para que el juez le de la razón a la propietaria, tendrá que demostrar la real necesidad del hijo.
En cuanto a la habitabilidad, sería algo que podría rescindir el contrato si Ud. lo quiere, pero como parece que no lo quiere, pues nada afecta al asunto.
Por otra parte, si la vivienda no está habitable, sinceramente no termino de entender su voluntad de querer continuar con el arriendo.
Un saludo.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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