Arras penitenciales condiciibadas
Hemos condicionado unas arras a la aceptación bancaria dando un plazo de diez días para dicha aceptación, como al día siguiente de firmar ya supimos que no nos concedían el préstamo contactamos con el propietario y él nos emplazo para tres días después y devolvernos la señal (tal y como habíamos acordado y firmado). El día de la cita nos llama la inmobiliaria para decirnos que el propietario no va a hablar más con nosotros, si queremos algo ahí tenemos el tlf de su abogada. Nosotros hemos actuado desde el primer momento con sinceridad y buena fe. Su abogada dice que no tiene porque devolvernos la señal. ¿Hasta que punto es legal todo esto?