Arras
Buenas tardes, he firmado un contrato de arras dónde no aparece que son arras penitenciales, sólo arras. Pero en el contrato se hace referencia al artículo 1454 del código civil. "... atendiendo al art. 1454 del código civil daría lugar a la devolución del duplo de la señal, si la causa fuese imputable a la propiedad, y a la perdida de dicha señal si fuera imputable a la parte compradora". Se considera unas arras penitenciales? O se puede considerar otro tipo de arras cómo confirmatorias o penales?
Muchas gracias