TARJETAS REVOLVING

¿Sabes si tu tarjeta es de las denominadas 'revolving'? Puede que estés pagando un crédito abonando más intereses que el principal del crédito, y por mucho que pase el tiempo sigues pagando

30 OCT 2020 · Lectura: min.
TARJETAS REVOLVING

Puede que estés pagando un crédito abonando más intereses que el principal del crédito, y por mucho que pase el tiempo sigues pagando y la deuda no termina.Si es así, tienes una tarjeta denominada REVOLVING, con múltiples cuotas que aplazan el crédito o el pago de las compras que realizas y que jamás se terminan aunque la deuda principal sea de poca cantidad de dinero, ya que se te aplican unos intereses abusivos superiores al 20% TAE y cobran todo tipo de comisiones, seguros etc.La peculiaridad de estas tarjetas revolving o líneas de crédito abiertas es que la devolución se hace a plazos abonando intereses y principal con un porcentaje superior al estar formada la deuda por el dinero que se ha dispuesto más los intereses generados por el plazo aplazado, diversas comisiones y pago de un seguro.Esa cuota aumentará a medida que se realicen disposiciones de dinero, o si el pago es por cuota fija, aumentará el plazo de las cuotas hasta la devolución de toda la deuda que en la mayoria de los casos se hace "infinito".ANULAMOS tu Crédito o Tarjeta 'Revolving' y exigimos a la entidad la devolución de esos intereses usurarios Desde la sentencia del Tribunal Supremo de 2015 , y otras posteriores, como la de marzo de 2020 , se considera que dichos préstamos son NULOS por ser usureros los intereses aplicados y además se recupera lo pagado de más en intereses, seguros, comisiones etc.

El procedimiento a seguir es interponer una reclamación extrajudicial donde solicitaremos que se anule dicha clausula con la correspondiente quita de los intereses de más o la devolución de lo pagado de más.

Además, también anulamos otras clausulas abusivas que pueda contener tu contrato como reclamación de posición deudor, pago de prima de seguro, comisiones por morosidad etc

Como documentación, es necesario tener el contrato de dicha tarjeta, ya sea directamente contratado con la entidad bancaria o con el comercio donde se adquirió, así como tres extractos de los últimos meses. Ambos documentos los puede encontrar en el perfil de la entidad o financiera que haya contratado.

Escrito por

Verónica Planas Abogada & Asociados

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