¿Es posible jubilarse y trabajar al mismo tiempo?

¿Jubilarse y trabajar? Suena extraño, ¿verdad? Hablemos de esta posibilidad.

10 NOV 2017 · Lectura: min.
¿Es posible jubilarse y trabajar al mismo tiempo?

De hecho, me recuerda a una pequeña anécdota con un abuelo al que su nieta en tono de broma le dijo, "venga, coge la escoba y me ayudas a barrer", entonces él le contestó, "uy, yo no puedo barrer, que me pillan trabajando y me quitan la pensión". Evidentemente, esto no deja de ser más que una mera anécdota, pues a nadie le quitan la pensión por barrer, pero nos sirve para plantear una duda, una vez una persona se ha jubilado, ¿podría volver a trabajar?

La respuesta a esta pregunta es, por extraño que pudiera parecer, positiva. Sí, si se puede volver a trabajar tras la jubilación, pero cumpliendo una serie de requisitos y exigencias. Antes de pasar a su análisis, digamos que los requisitos y formas en que esto puede llevarse a la práctica están recogidos enel R.D. Ley 5/2013, de 15 de marzo, así como en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Además, esta normativa se ha visto integrada por la jurisprudencia en una reciente Sentencia del Tribunal Supremo, la 2455/2017, de 30 de mayo, en un caso en el que se pretendía acceder a la llamada jubilación activa. En el mismo, el demandante, tras tener unas cotizaciones acumuladas a lo largo de su vida laboral, cercanas al noventa por ciento de la base reguladora, más en torno a un 16% con posterioridad al cumplimiento de la edad ordinaria de jubilación, pretendía acogerse a esta modalidad de jubilación compatibilizando así la percepción del cincuenta por ciento de la pensión por jubilación con el desarrollo de una actividad por cuenta propia. Frente a esta petición, el Tribunal Supremo ha concluido que<<la solución que pretende el recurrente es contraria al espíritu de la norma que persigue mejorar a quienes acreditando el máximo periodo de cotización se jubilan y siguen trabajando, pero no a quienes no reúnen el máximo periodo de seguro y pretenden alcanzarlo con cotizaciones posteriores a su jubilación, cotizaciones de menor cuantía, al ser sólo por incapacidad temporal y contingencias profesionales (art. 4 del RDL 5/2013 ), lo que supone alcanzar el porcentaje del 100 por 100 de la pensión sin cotizar por la contingencia de jubilación, esto es discriminar favorablemente a quien cotizó menos, objeto carente de justificación alguna y que es contrario al espíritu que deriva de una interpretación sistemática de las normas citadas.>>

Finalmente, y a modo de ejemplificaciones, vamos a citar algunas de las posibilidades de compatibilización que son admitidas:

  • Se podrá compatibilizar el percibo de la pensión con un trabajo a tiempo parcial en los términos establecidos. Durante dicha situación, la cuantía percibida en concepto de pensión se minorará en proporción inversa al tiempo trabajado; es decir, si el contrato es a media jornada, se percibirá un cincuenta por ciento de la pensión; si es un contrato de un tercio de jornada, se percibirán dos tercios de la pensión, y así sucesivamente.
  • La pensión de jubilación es compatible con la realización de trabajos por cuenta propia, cuyos ingresos anuales totales no superen el Salario Mínimo Interprofesional, en cómputo anual. Quienes realicen estas actividades económicas no están obligados a cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social y no generarán derechos sobre las prestaciones de la Seguridad Social.
  • También se podrá mantenerla titularidad del negocio que se ostentara hasta el momento de la jubilación, así como continuar en el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad.

Como conclusión, hemos de admitir que la jubilación activa es una de las figuras jurídicas laborales más complejas, por lo que este artículo sólo pretende trasladar una pequeña reflexión al lector y no ser una guía de cómo acogerse a la misma. Por el contrario, en caso de así desearlo, recomendamos fervientemente que se acuda a un abogado especialista en el tema que nos pueda asesorar sobre nuestras posibilidades de llevarla a cabo y la forma en la que debemos hacerlo.

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Escrito por

Jennifer Alarcón

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