¿Quién me paga si me despiden y con qué condiciones?

Realizada por Linterna. 24 abr 2016 Abogados laboral

Hola buenas noches.

Después de 5 años en paro (agotando todas las ayudas), en enero de 2016 me puse a trabajar.

Me hicieron un contrato de 3 meses prorrogables otros 9 y después me harían indefinida. A los dos meses tuve un accidente laboral, el cual me ha tenido 1 mes de baja, siendo renovada en este periodo por otros 9 meses más. (Yo no he firmado la renovación o continuidad del contrato, pero tampoco me han comunicado la baja).

No me encuentro en condiciones de incorporarme al trabajo y voy a solicitar otra baja (por el médico de la SS). Tengo informes psicológicos y psiquiátricos los cuales avalan que padezco una depresión debido a problemas personales sumados al estrés laboral que sufro.

Mi pregunta es:

Si mi empresa decide despedirme, ¿me seguiría pagando la SS? Yo no tengo suficientes días cotizados como para que me pertenezca el paro, por lo tanto me surge la duda de quién se hará cargo de pagarme y que consecuencias futuras me puede acarrear.

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Buenas Tardes Linterna, le informamos que si la empresa le despide estando de baja tendrá 20 días para impugnarlo y si está de baja es la mutua de la empresa la que debe pagar su IT ( incapacidad temporal). Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Laboral, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Estando de baja, no te pueden despedir.. en caso contrario deberias acudir a la jurisdicción social. Otra cuestión es que la empresa no prorrogase tu contrato... entonces te pagaria la mutua.

Anónimo-277132 Abogado en Madrid

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