Mi empresa ha hecho un ERE y yo estoy afectada. El problema es que estoy de baja debido a una operación. Me gustaría saber quién me pagaría en el momento en el que me despidan y si eso supondría que me lo descuenten de los meses de paro. Gracias
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 4 personas
A mi me han despedido después de una operación por enfermedad común y pensé que pasaba a cobrar por la seguridad social, pero resulta que debo de llevar los partes de baja del médico a la mutua y me tiene que mirar el médico de la mutua. No entiendo el por qué me tratan como un accidente laboral.
¿Te ha resultado útil?
¡Gracias por tu valoración!
1 respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 2 personas
La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social. Esta prestación económica está incluida dentro de la acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social.
Por tanto, será la Seguridad Social quien le abone la pensión durante el tiempo que permanezca de baja, siendo la duración máxima 365 días, prorrogable por otros 180 días. Debiendo ser valorado si no ha causado antes alta por el INSS quien determinará si le corresponde el alta o una incapacidad permanente.
Durante el tiempo que permanece en esa situación no consume la prestación por desempleo que tuviera consolidada.