Piso alquilado, con seguro particular de la vivienda, básicamente para reclamaciones de daños a terceros, ya que el propietario es la persona responsable ante ellos, después podrá reclamarlo al inquilino.
Se ha roto un cristal de puerta de paso, por un debido al viento. El inquilino exige que lo pague mi Seguro, me he negado, alegando que después la compañía me aumenta la Póliza.
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Buenas Tardes Ros, le informamos que habrá que estar a lo acordado en el contrato de arrendamiento siendo de obligado cumplimiento para ambas partes. Si desea que revisemos su contrato y valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Ante todo hay que estar a lo que se firmó en el contrato y lo que específicamente diga la póliza del seguro. Por otro lado las pequeñas reparaciones por el uso ordinario son a cargo del arrendatario. Póngase en contacto con nosotros y estudiaremos su caso.