Hola, quiero saber qué pasos debo de dar para entrar a España, mi esposo murió hace 1 año, él y yo nos casamos en Santo Domingo, Rep. Dom. Porque aquí es que resido, el vino a conocerme y todo y aquí nos casamos, entonces por su muerte quisiera entrar a España e ir a conocer la familia y porque me citan sus familiares desde allá, tengo el acta de matrimonio y el acta de su muerte hace 1 año. Escribo desde República Dominicana, donde nos casamos. Gracias
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Son titulares del derecho a residir con carácter permanente los ciudadanos de un Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, y los miembros de la familia que no sean nacionales de uno de dichos Estados, que hayan residido legalmente en España durante un período continuado de cinco años.
Asimismo, tendrán derecho a la residencia permanente, antes de que finalice el período de cinco años referido con anterioridad, las personas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Si el ciudadano de la Unión hubiera fallecido en el curso de su vida activa con anterioridad a la adquisición del derecho de residencia permanente en España, los miembros de su familia que hubieran residido con él en el territorio nacional tendrán derecho a la residencia permanente siempre y cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
Que el ciudadano de la Unión, en la fecha del fallecimiento, hubiera residido de forma continuada en España durante, al menos, dos años.
Que el fallecimiento se haya debido a accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Que el cónyuge supérstite hubiera perdido la nacionalidad española como consecuencia del matrimonio con el fallecido.
Por eso es importante saber cuáles fueron las causa del fallecimiento, tal como le dije más arriba, así como que me envíe los documentos que ya le he pedido varias veces por email. Gracias.
Hola Yenny, siento su pérdida.
Creo que lo más rápido es que solicite carta de invitación a la familia de él para viajar a España y ya aquí contacte con un abogado de extranjería.
Un saludo
Yenny, si usted tiene intención de residir en España, puede tramitar la residencia por arraigo familiar, Si tiene intención de quedarse a vivir en España, y en el caso de que usted solamente quiera conocer a su familia política puede venir como cualquier turista. PASCUAL&ABOGADOS, contacte con nosotros