Compatibilidad pensión jubilación con trabajo
Resido en Madrid y preveo jubilarme en Julio 2019. Como complemento a mi pensión, contemplo la posibilidad de desarrollar trabajos, puntuales o regulares, que pueden ser bien de consultoría a empresas o de docencia en empresas, academias, centros de enseñanza diversos, o incluso particulares.
•¿Es correcto que se puede compatibilizar el cobro del 100 de la pensión si se realizan trabajos que no supongan un ingreso ingresos superiores al SMI, actualmente Euros 12.600 anuales?
•¿Dónde se refleja esta normativa?
•Asumiendo que esto sea así, ¿Cómo se facturarían esos servicios a la hora de justificar ante Hacienda la actividad y los ingresos, y ante el INSS que no se excede el importe del SMI? ¿Es imperativo darse de alta en RETA?
•¿Cómo y cuándo hay que comunicar al INSS el hecho de esta actividad y/l alta en el RETA? ¿Hay riesgo de que ,pasado el tiempo, el INSS puede retirar la pensión por ver que estoy dado de alta en el RETA y presuma que estoy trabajando?
Gracias.