Mis padres llevan separados desde hace unos 20 años, a mi madre se le otorgó una pensión compensatoria de unos 400 euros, entiendo que porque era ama de casa con 4 hijos y nunca había trabajado. en la actualidad mi madre tiene 65 años y mi padre 70. En el 2001 mi madre encontró un trabajo debido a su grado de minusvalía del 47% de unas 4 o 5 horas (según temporadas), ganando entre 600 y 800 €/mes y ha estado así hasta febrero de 2013 que la despidieron (6 meses antes de cumplir los 65). Cobro el paro esos 6 meses ( unos 600 €), después solicito la pensión de jubilación y se la denegaron por no tener los 15 años cotizados, y a continuación volvió a cobrar el paro hasta que se le acabe en Marzo de 2015 (425 €).
Ahora mi padre se ha enterado que mi madre ha estado trabajando desde el 2001 y le quiere quitar la pensión compensatoria y reclamarle el dinero de dicha pensión desde el 2001.
Mi padre cobra de jubilación unos 1300 Euros.
¿Tiene derecho mi padre a retirarle la pensión?,¿Toda? ¿Solo mientras cobra el paro?
¿Tiene derecho mi padre a reclamarle a mi madre las cantidades de la pensión que le ha pasado desde el 2001?
Si mi padre le retira la pensión a mi madre ¿Tiene derecho mi madre de volver a cobrarla cuando se quede sin el paro?
Mis padres no se divorciaron, solo se separaron legalmente. ¿Si llegara el momento tendría derecho mi madre a una pensión de viudedad, aunque se le hubiera retirado la pensión compensatoria?.
Mis padres viven en Madrid, por si afecta legalmente.
Muchas gracias por las respuestas...
Un saludo,
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Su padre NO le puede reclamar a su madre lo pagado, y mientras no exista una sentencia distinta su padre viene obligado a pagar la pensión compensatoria a su madre. Si entiende que no debe pagarla, lo debe solicitar al Juzgado mediante demanda de modificación de medidas. Y como están sólo separados, en caso de fallecimiento de su padre su madre podría cobrar la pensión de viudedad. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
En primer lugar sería muy conveniente examinar el redactado en virtud del cual se otorga la pensión compensatoria a su madre, para ver en que medida se puede ver afectada o perder su sentido, al haber esta trabajado.
En todo caso, y si no se ha expresado lo contrario, que su madre trabaje no es causa "ipso facto" para perder el derecho a la pensión compensatoria.
Por otro lado, al estar separados legalmente, y no divorciados, sigue existiendo vínculo matrimonial, por lo que su madre tiene a efectos legales la condición de casada, y en su caso la de viuda.
Para una mejor y más rigurosa información no dude en ponerse en contacto con nosotros, cordialmente.
El derecho a la pensión compensatoria se extingue por el cese de la causa que lo motivó, por contraer el acreedor nuevo matrimonio o por vivir maritalmente con otra persona.
Por tanto, si se le otorgó la pensión compensatoria por carecer de recursos económicas, si se acredita que su madre tiene ingresos podría implicar la extinción o reducción de la pensión.
Mientras se mantenga el pago de la pensión compensatoria a su madre, en caso de que se produjese el fallecimiento de su padre, ella tendría derecho a una pensión de viudedad. Y, de desaparecer la pensión compensatoria, no habría ningún derecho a dicha pensión.
Buenos días,
Debido a que son muchas las preguntas que plantea y seria necesario revisar documentación, creo que debe acudir a un despacho de abogados donde le asesoren sobre las posibilidad de modificar la pensión compensatoria.
Tiene mi despacho a su disposición si precisa asesoramiento detallado sin compromiso.
Saludos.