Buenas tardes mi consulta se refiere a una deuda contraída con la comunidad de vecinos que ascendía a 600 euros llegue a un acuerdo de que ingresaba con la cuota mensual 50 euros mas cada mes asta que quedara la deuda saldada a día de hoy solo debo 350 euros y no he fallado ni un mes, ahora me amenazan que si no pago lo que queda enseguida me demandaran: ¿pueden hacerlo?
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 1 personas
Hola
No, siempre que ese acuerdo que apuntas haya sido de forma escrita; si no ha sido así pueden demandar, pero también es verdad que demostrando los pagos que has realizado y la reducción de tu deuda "lo apalabrado" se puede considerar un acuerdo expreso.
Buenos días Carmen, si la comunidad ha aceptado los pagos periodicos de 50,00 € para el rebaje de la deuda, cabría entender que existe un consentimiento tácito en que puedas pagarla a plazos. Mi consejo sería seguir pagando mes a mes y en caso de reclamación en tu contra oponer la existencia de ese acuerdo tácito de aplazamiento.