¿Transcurrido un tiempo ésta prescribe?
Va hacer una año que un juzgado de lo Contencioso Administrativo dictó sentencia firme y no recurrible sobre un expediente de demolición del Ayuntamiento de Madrid sobre unas obras de ocupación en unos espacios comunitarios en planta bajo cubierta y apertura de ventana tipo velux en cubierta inclinada.
Pusimos en conocimiento del Ayuntamiento estas irregularidades realizadas por propietario siguiéndose su trámite administrativo y comunicándosele la demolición de las obras realizadas ilegales, abriéndose el correspondiente expediente. El denunciante es el Ayuntamiento. En escrito dirigido al juzgado manifestamos la no comparecencia en el proceso por no poder asumir los costes de estos y los posibles futuros. Se contestó que se adjuntaría al proceso Personándonos hace ya algún tiempo tanto en el Juzgado como en el Ayuntamiento se nos dice que no somos parte interesada y no nos podían más información. Nos preguntamos si nadie verifica la ejecución de la sentencia, ¿aquí no pasa nada? ¿Transcurrido un tiempo ésta prescribe? ¿No se puede hacer nada ni conocer algo más del contenido de la sentencia por conducto?
Gracias.