¿Puedo reclamar una herencia ya repartida después de transcurridos 12 años?
Realizada por Roselia Gonzalez. 9 dic 2013
Soy hija natural. Desconozco si mi padre me incluyó en su testamento. Tenía esposa e hijos legítimos que ya recibieron su parte.
1- Si yo aparecía en el Testamento, ¿podrían repartir?
2- ¿Si lo hicieron puedo reclamar mi parte después de 12 años?
3- ¿Si yo no aparecía en el Testamento todavía estoy a tiempo de reclamar?
4- Con mi padre muerto, ¿cómo se hace para comparar una prueba de ADN?
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¿Qué puedo hacer para conseguir una copia del testamento de mi padre? Yo soy de Michoacán, México.
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Su asunto es bastante complejo y ha de analizarse muchas más cuestiones. Pues primero hay que ver si usted está mencionada y reconocida en el testamento. Si no lo estuviera tendría que formular un procedimiento de filiación para que la declaren hija y posteriormente solicitar sus derechos hereditarios, lo que probablemente conduciría a la nulidad del testamento si lo hubiera hecho y no la hubiera mencionado por preterición. No podemos avanzarle más, ya que son muchas preguntas a las que debería respondernos para analizar con detalle su caso, si desea un informe jurídico o consulta particular quedamos a su disposición, un saludo.
Gracias por su pronta respuesta.
Tengo una pregunta: como no tengo 100% seguridad de estar incluida en el testamento, ¿se podría enviar una solicitud al notario para que me expida una copia del testamento? ¿Si aparezco nos las dará y si no aparezco lo contrario? ¿Está el Notario obligado a responder mi solicitud?
Gracias por su respuesta
Roselia
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Buenos días Roselia.
Usted plantea una situación muy compleja. Ignoro también si usted hace 12 años cuando se repartió la herencia, estaba o no localizable. En cualquier caso, si usted está incluida en el testamento, debieron en su momento localizarla e incluirla en el reparto. Si no se hizo, tiene usted la posibilidad de reclamarlo judicialmente.
En caso de que no estuviese incluida en el testamento y puede demostrar , mediante análisis de ADN que es hija del difunto, puede igualmente reclamar judicialmente. Las pruebas de ADN se pueden hacer, bien por afinidad con los hermanos e incluso con exhumación del cadáver a tal fin mediante orden judicial.
Si lo desea póngase en contacto con nosotros para ampliarnos la información y de esa manera poderle orientar mejor e incluso poderle llevar su caso. Saludos.
Son varias las preguntas y pese a lo que le voy a contestar a continuación, no tienen una respuesta tan simple, por lo que sería conveniente analizarlas en profundidad:
1. Si usted figura en el testamento se ha de cumplir la voluntad del testador. Debieron hacer el intento de localizarle antes de repartir la herencia.
2 y 3. Sí puede reclamar: no prescribe la acción para reclamar la herencia y usted siempre, salvo casos de indignidad para suceder, siempre tendrá derecho a su legítima.
4. No soy médico ni biólogo, pero los hermanos comparten ADN por lo que se puede hacer la prueba entre los hijos vivos, sin tener que hacer exhumaciones. La fiabilidad es muy alta. Si, iniciado un procedimiento civil de reclamación de herencia por preterición de heredero (que es lo que han hecho con usted, preterirlo o ignorarlo) y se niegan a efectuar la prueba, pueden darles por confesos al respecto.