Hola, resulta que llevo de baja médica unos 5 meses, al poco de cogerla me rescindieron el contrato en mi trabajo y desde ese momento estoy cobrando mensualmente de la mutua a la que pertenecía aunque la baja es por la seguridad social ya que no ha sido por motivo directo del trabajo, yo ni siquiera fui ninguna vez a la mutua pero para mi sorpresa me llamaron ellos diciéndome que se hacían cargo de mi nomina. Mi pregunta es que hace poco dicha mutua me entrego un comunicado que tengo que ir a principios de septiembre al Icam, pero me gustaría saber si yo como actualmente no estoy trabajando desde hace mas de 4 meses tengo que ir a dicha inspección?
Soy de Barcelona, muchísimas gracias, y un saludo.
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Buenos días,
Es correcto que le esté abonando la prestación de Incapacidad Temporal su Mutua, como Pago Directo.
Y actualmente el Institut Català d'Avaluacions Mèdiques, le va a valorar su Incapacidad, bien para tramitar una Incapacidad Permanente, dependiendo de la gravedad, bien para valorar su alta médica.
En cualquier caso deberá acudir.
Si tras esta visita recibe alguna comunicación y desea que le asesoremos, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Reciba un cordial saludo,
Hola Papefe. Efectivamente, es así: la empresa puede tener concertada con una Mutua de Enfermedades y Accidentes Profesionales también la cobertura de las situaciones que son no-profesionales (accidentes no laborales y enfermedad común). Si la baja médica se prolonga, es la Mutua quien asume el pago directo (en delegación de la Seguridad Social)... Desde luego que debe acudir a la cita con el Equipo de Valoración de Incapacidades, que debe decidir si le proponen para un Incapacidad Permanente (en uno de sus distintos grados), o le dan el Alta médica. Y estar muy alerta, porque hay un plazo -30 días generalmente- para reclamar (en vía previa al juzgado) si Ud. no está conforme. Suerte y un saludo.
Si no acude al ICAM podrán darle de alta. Nuestra recomendación es que vaya ya que si la patología o lesion que padece se agrava o no presenta mejoría en un determinado tiempo, deberá iniciarse un expediente de incapacidad permanente, extremo que no tendrá lugar si no acude a dicho organismo.