Mi caso es el siguiente, tenemos divorcio con custodia compartida, yo gano 1050 euros mensuales por 12 pagas, y el cobra más de 4000 euros mensuales por 14 pagas, lógicamente el paga más gastos que yo en lo referente a escolares, pero mi pregunta es sobre la manutención que porcentaje sería justo que el pasase, para que los hijos (2) no tuvieran un nivel diferente entre ambos progenitores.
Gracias.
Saludos.
Eva
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 3 personas
Buenos días Eva,
La cantidad a satisfacer por uno u otro progenitor la valora el Juez atendiendo a las circunstancias personales, familiares, sociales, laborales, etc... Si el Juez ya dictaminó la cantidad y sus circunstancias no han cambiado, difícilmente podrá conseguir que se modifique esa cantidad. En cambio, si sus circunstancias hubieran cambiado aunque fuera mínimamente, usted podría instar una demanda de modificación de medidas definitivas, par lo que necesitaría de la asistencia de abogado y procurador, pudiendo ser de oficio.
Para cualquier duda relativa a su caso, y pudiendo ofrecerle asesoramiento más completo poseyendo más datos, quedamos a su disposición. Somos expertos en Derecho de Familia.
Buenos Días Eva, le informamos que la pensión de alimentos se acordó en función de las circunstancias económicas de los progenitores y se fijó en sentencia. Si dichas condiciones han variado de forma sustancial, puede y debe instar demanda de modificación de medidas solicitando aumento de la pensión de alimentos. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días
Si no se han modificado las circunstancias económicas en ambos progenitores desde la sentencia de separación o divorcio, el porcentaje lo habrá determinado el juez según la información de que disponía y las circunstancias del caso atendiendo siempre al interés de los menores.
Si estas circunstancias han cambiado o considera que no son suficientes para atender al cuidado de sus hijos, puede solicitar una modificación de las mismas, para lo que necesitará de asistencia de abogado y procurador.
Espero que esta respuesta haya sido de su utilidad.
Sin otro particular, reciba un saludo
Ese tema supongo que se trató y acordó en el convenio de divorcio, si no está de acuerdo, puede solicitar un cambio en las medidas. No obstante sólo basándose en el sueldo de uno y otro no es posible calcular si está compensada la aportación o no, asimismo, los convenios los ratifica un Juez y si éste hubiese visto que no era justo, no lo habría admintido.
Buenos días, si quiere puede decirme cuantos días al año estan con cada uno de ustedes y se lo puedo calcular. Mis datos aparecen en el perfil.
FH ABOGADO