Anulación de contrato y vicio oculto

Realizada por Julián. 19 may 2016 Defensa consumidor

Buenas tardes,


Hace escasamente 14 días adquirí un vehículo en un concesionario de compra-venta por un importe de 6.800. En el contrato que firmé renuncié a la garantía y además aparece que estaba conforme con el estado del vehículo, la cuestión es que de camino a mi domicilio me apareció un piloto de aviso de líquido frenos al que no le di mayor importancia hasta que lo llevé al taller hace tres días y comprobaron que el coche pierde líquido de la valvulita de la caja de cambios, del líquido de frenos y posiblemente aceite del motor. Mi pregunta es si estas averías son susceptibles de vicio oculto y si es necesario y/o recomendable que un perito lo mire. Mi intención es anular el contrato y devolverle el coche ya que no quiero saber nada más de él. ¿Si el acepta arreglarlo podría continuar por este camino?


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Usted puede optar por cualquiera de las opciones siguientes: negociar con el vendedor una rebaja en el precio, aceptar la reparación por parte del vendedor o rescindir directamente el contrato si de haber conocido el vicio oculto no hubiera comprado el vehículo. Eso se puede realizar extrajudicialmente o mediante una demanda de saneamiento por vicios ocultos.

Contacte con nosotros y nos o ocuparemos de todo. Saludos cordiales.

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Buenas Tardes Julian, le informamos que dispone usted del plazo legal de 6 meses para denunciar por vicio oculto y aportar las pruebas que tenga, entre ellas un informe pericial y acreditar que dichos vicios existían antes de la compraventa. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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En compra venta de vehículos en concesionario o casa de compra venta, aunque renuncie a la garantía, por Ley el vehículo tiene garantía de motor y cambio de marchas. Aunque en este caso posiblemente no sea motor ni cambio, si el vehículo tenía ese fallo podría considerarse vicio oculto, no obstante el camino de la reclamación le resultará posiblemente costoso, en tiempo, esfuerzos y posiblemente dinero. Negocie con el vendedor la reparación del vehículo o el cambio del mismo.

Adruino Abogados Abogado en Castelldefels

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Buenos días,

La irregularidad que nos comenta, puede ser considera como vicio oculto, tales vicios deben ser denunciados en el plazo máximo de 6 meses, si inicia la correspondiente demanda para rescindir el contrato y devolver el vehículo y las cantidades cobradas, sería recomendable contar con el informe de un perito que valores los daños del vehículo, así mismo, en su caso, podrá reclamar también daños y perjuicios.

Si el vendedor acepta reparar el vehículo puede gestionarlo también de esa manera. Pero en el caso de que se alargue las negociaciones para la reparación, tenga presente que cuenta con 6 meses para poder demandarlo por vía judicial, tras ese tiempo ya no podrá emprender ninguna acción judicial.

Le recomendaría que todas las comunicaciones que lleve a cabo con el vendedor se lleven a cabo de forma que se pueda dejar constancia de las mismas, para un ulterior procedimiento.

Si lo considera oportuno, puede ponerse en contacto con nuestro despacho, nos encargaremos de todos los trámites.

GARCIA MUÑOZ ABOGADOS

Un saludo

García Muñoz Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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