Reclamar vicios ocultos de vehículo adquirido en compraventa sin contrato

Realizada por Antonio. 8 may 2014

Buenas tardes,


Tras comprar un vehículo en un compraventa, he detectado defectos o vicios ocultos en el vehiculo adquirido hace varios meses.


El caso es que el compraventa, no me hacía un contrato, me dijeron que me daban la factura de compra y un documento que acreditaba el año de garantía (sólo motor y electrónica).


Aparte de esos vicios ocultos, tengo algunas sospechas de que hayan trucado los km.


Me gustaría saber si con esa factura de compra del vehículo tengo forma de reclamar dichos vicios ocultos y la posible manipulación de los km.


El problema que veo a la hora de reclamar, es que en ningún documento indicaron los km que tiene ni los posibles vicios ocultos.


Aunque ya sea tarde, ¿era obligatorio que me hicieran un contrato compra-venta?


Muchas gracias.

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Buenos días Antonio.
Los contratos puedes ser tanto escritos como orales. El problema de los orales es la prueba. Con ello le quiero decir que el contrato existe aunque usted no lo tenga físicamente, siempre que pueda ser probado. Por consiguiente usted puede realizar todas las acciones necesarias para defender su postura.
Si lo desea puede ponerse en contacto conmigo para ampliar la información y de esa manera poder aconsejarle mejor, e incluso poderle llevar el caso. Saludos.

A.llei Abogado en Sabadell

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Buenos días:

En España, es perfectamente válido el contrato de compra-venta hecho de forma verbal, por tanto, no era obligatorio en ningún caso la firma de un contrato por escrito. Ahora bien, dado la dificultad de probar lo pactado de palabra, es siempre lo ideal que el contrato se celebre por escrito, conservando cada parte un ejemplar original. Es decir, no tenían obligación de hacerlo por escrito pero Ud. debiera haber exigido que, por su seguridad, se hiciera cuanto menos un contrato tipo básico.

De haberse hecho por escrito, se podría haber plasmado, por ejemplo, el dato del kilometraje, así como demás condiciones del vehículo que se vendía.

La factura que Ud. conserva, si bien es prueba de que la venta tuvo lugar, nada reflejará sobre las condiciones en que se vendió el coche, lo que dificulta en gran medida toda reclamación.

En cuanto al plazo para reclamar, aunque no nos indica exactamente cuando sucedió la venta, dado que habla de meses, entiendo que aún no se ha cumplido si quiera un año, de tal manera que sí estaría en cualquier caso en plazo para presentar una demanda judicial.

En conclusión, puede demandar pero el éxito de esa demanda dependerá del conjunto de pruebas del que se disponga. Al margen de los documentos, podría haber también testigos, personal de taller al que haya tenido que llevar el coche, por ejemplo.

Esperando haberle sido de utilidad,

Saludos cordiales.

Lex Situs Abogado en Algeciras

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