Reparticion de Herencia legítima en cataluña
En la repartición de bienes de una herencia yo como legitimo tengo derecho a parte de los bienes o solo a mi parte proporcional en capital?
Ejemplo:
Somos 2 hermanos y una viuda, la viuda es la heredera universal y yo y mi hermano somos los herederos legítimos, a la hora de repartir la herencia yo como heredero universal si hay una propiedad yo tengo derecho a mi (25%/2) de esa propiedad como heredero legitimo?
Si tengo derecho a esa propiedad las otras partes pueden venderla?