¿Los propietarios me pueden echar de casa?

Realizada por Simona. 14 mar 2017 Administración de fincas

Hola,

Soy inquilina de hace un ano y medio. He alquilado un piso con contrato fijo de 3 años (según artículo 9 de la LAU). Desde 7agosto 2015. Hasta el 7 agosto 2018. No es un contrato prorrogable de 1 a 3, es de 3 años.

La propietaria necesita el piso para uso habitual. Yo estoy dentro de mi contrato. No estoy en ninguna prorroga. Es que tengo un niño que va al cole. No puedo salir en la calle. Es difícil de encontrar con un sueldo. He pagado todo al tiempo. No sé cuáles son mis derechos. Es que el artículo 6. Por favor si me pueden contestar, ¡estoy desesperada! ¡Gracias!

Respuesta enviada

En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente

Ha habido un error

Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.

Mejor respuesta

Estimada consultante, si el propietario de la vivienda quiere disponer de la misma antes de los tres años, no sólo tiene la obligación de comunicárselo al inquilino por escrito treinta días antes, sino que esa opción debe estar contemplada en el contrato. Es decir, en el contrato tiene que figurar la cláusula de necesidad que le permite al propietario parar las prórrogas anuales y disponer de la vivienda antes de cumplir tres años de alquiler. Si esta cláusula no está contemplada en el contrato y el inquilino no quiere irse, el alquiler se prorrogaria obligatoriamente hasta cumplir esos tres años.

Pilar Merchán Abogado en Zamora

171 respuestas

96 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada consultante, si el propietario de la vivienda quiere disponer de la misma antes de los tres años, no sólo tiene la obligación de comunicárselo al inquilino por escrito 30 días antes, sino que esa opción debe estar contemplada en el contrato. Es decir, en el contrato tiene que figurar la cláusula de necesidad que le permite al propietario parar las prórrogas anuales y disponer de la vivienda antes de cumplir tres años de alquiler. Si esta cláusula no está contemplada en el contrato y el inquilino no quiere irse, el alquiler se prorrogaria obligatoriamente hasta cumplir esos tres años.

Pilar Merchán Abogado en Zamora

171 respuestas

96 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Estimada consultante, si el propietario de la vivienda quiere disponer de la misma antes de los tres años, no sólo tiene la obligación de comunicárselo al inquilino por escrito 30 días antes, sino que esa opción debe estar contemplada en el contrato.Es decir, en el contrato tiene que figurar la cláusula de necesidad que le permite al propietario parar las prórrogas anuales y disponer de la vivienda antes de cumplir tres años de alquiler. Si esta cláusula no está contemplada en el contrato y el inquilino no quiere irse, el alquiler se prorrogaria obligatoriamente hasta cumplir esos tres años.

Pilar Merchán Abogado en Zamora

171 respuestas

96 votos positivos

Contactar

¿Te ha resultado útil?

¡Gracias por tu valoración!

Abogados especialistas en Administración de fincas

Ver más abogados especializados en Administración de fincas

Otras consultas sobre Administración de fincas

Explica tu caso a nuestros abogados

Haz tu consulta de forma anónima y recibe orientación legal en 48h.

50 QANDA_form_question_details_hint

Tu pregunta y sus respuestas se publicarán en el portal. Este servicio es gratuito y no sustituye a una sesión de asesoría profesional.

Enviaremos tu consulta a expertos en el tema que te ofrecerán llevar tu caso personalmente.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

El precio de la sesión de asesoría no es gratuito y estará sujeto a las tarifas del profesional.

Introduce un apodo para mantener tu anonimato

Tu consulta está siendo revisada

Te avisaremos por e-mail cuando esté publicada.

QANDA_form_question_already_exists_ttl

QANDA_form_question_already_exists_txt

abogados 10700

abogados

preguntas 32250

preguntas

respuestas 62650

respuestas