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Buenos días Antonio,
No existe una respuesta exacta a ello. Habría en primer lugar que ver la sentencia de divorcio o disolución de unión estable que ustedes tienen y ver qué fija al respecto. Si la resolución judicial no establece nada, a priori, la atribución de uso sería hasta que los hijos fueran independientes económicamente a no ser que las circunstancias desde que se acordó la resolución y ahora hayan variado. Es decir, en el caso que la situación económica de su ex mujer haya mejorado (y le permita por ella misma sufragarse otra vivienda, haya heredado etc) o los hijos sean independientes económicamente, usted podría accionar una modificación de medidas definitivas y solicitar la extinción del derecho de uso.
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