Hoy me ha llegado una carta de mi banco diciendo que el ayuntamiento de Catarroja me ha embargado 151´14€ de una supuesta deuda que asciende a 699´49€,
Nunca se me comunicó nada y además no vivo en ese pueblo desde hace 20 años, mi pensión son de 700€, ¿es legal la deuda? ¿No deberían cobrar solo lo q excede del SMI?
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Buenas Tardes Gabriel, le informamos que si le han embargado cantidad alguna es porque existe alguna resolución judicial o administrativa o de la Agencia Tributaria, cierto es que no se puede embargar el salario si no supera el doble del SMI, habria que ver las causas de dicho embargo o incluso si este estuviera prescrito. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Buenos días Gabriel.
Lo cierto es que no todas las deudas son iguales ni tienen el mismo tratamiento. En primer lugar habría que saber quien es el acreedor.
De otro lado, tienes razón al exponer que hay una cantidad mínima, que se corresponde con el SMI, que es inembargable, en general, salvo algunas excepciones.
Debería de conocer más detalles para poder asesorarte mejor.
Estoy a tu disposición en mi teléfono o en mi despacho.
Un saludo muy cordial
MARTA LÁZARO OLIVÁN