Hola, tengo una propiedad con dos plantas, una sótano y otra en plana. Una parte de la de sótano, (eran las cuadras) tengo una relación de servidumbre, es decir, su suelo es mi techo y yo soy dueña del suelo. Tenemos que derribar ambos, ¿ahora qué sucederá al quedar un solar? ¿Seguiré siendo dueña del suelo al 100%? ¿Qué dice la ley? Mi relación con este vecino es nefasta. Me han recomendado que yo ceda parte de mi suelo y él que me ceda de fachada, pero yo no quiero porque el derribo será porque este señor hizo una obra ilegal que produjo graves trastornos a mi propiedad y me ha hecho mucho daño.
¿Qué me aconsejan?
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Buenos Días Cristina, le informamos que si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Civil, aunque usted mencione esta consulta como urbanística, venga a vernos con la documentación que tenga para verla ( escritura de CV del inmueble, planos si los tiene, etc), estaremos encantados de atenderle!
primeramente es preciso leer el titulo de propiedad y posteriormente conocer los limites urbanísticos que afectan la propiedad para escriturar una obra nueva. si lo desea podemos asesorarle
Estimada Cristina, por lo que describe me imagino que no tiene escritura de división horizontal. En este caso, hay un condominio de una propiedad por lo que habrá que estar al porcentaje de participación que tiene cada propietario. Le aconsejo realizar un preacuerdo de división de la obra nueva que van a realizar, un acuerdo previo que les permitirá escriturar por separado la nueva construcción. Pueden ponerse en contacto conmigo si desea que estudie su caso con más profundidad.