¿Cómo puedo cobrar la herencia de mi madre?

Realizada por Tomás. 9 may 2016 Herencias

Hola.


En el año 2006 falleció mi madre, mientras yo era menor de edad. No hizo testamento y sus propiedades eran un piso con garaje, un vehículo a su nombre y la cuenta corriente. Yo seguí viviendo con mi padre pero él se ha vuelto a casar y ahora la situación en insostenible.


¿Puedo pedirle a mi padre la parte que me corresponde del piso y el resto de propiedades de mi madre? ¿Hay otra solución más favorable para mí? ¿Qué tengo que hacer?


Muchas Gracias.

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Mejor respuesta

Si tu padre no hizo testamento Ud. es el heredero forzoso su madre, Si el inmueble fue adquirido durante el matrimonio debe diferenciarse el régimen que adoptaron sus padres: si se casaron en régimen de ganaciales, lo que recibe Ud. por herencia es el 50% de los derechos de propiedad del piso; si se casaron en régimen de capitulaciones el 100%. En ambos casos su padre tendrá derecho a percibir la legítima que le corresponde.

Escritorio Vagnone & Landaeta Abogado en Getafe

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Buenas tardes

Para su pregunta es aconsejable conocer mas datos, tales como saber si la herencia de su madre fue repartida o no, puede ser que no hiciese nada en su día o unicamente los trámites obligatorios por ley y, por tanto, no se haya liquidado la sociedad de gananciales.

Para un mejor asesoramiento no dude en ponerse en contacto con nuestro despacho. Estaremos encantados de explicarle con que opciones cuenta y cuales de ellas son las que mas le benefician.

Reciba un cordial saludo.

Mónica Bermejo Santos Abogado en Alcalá de Henares

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Buenos días

Para poder asesorarle correctamente, es necesario saber si su padre en algún momento acepto la herencia de su madre. Es posible que lo hiciera, porque si no el banco no le deja disponer del dinero que hubiese en la cuenta de que su madre era titular.

Lo mas aconsejable es que se asesore de una abogado de su confianza y con la documentación que pose, puede reclamar su herencia que le corresponde

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y resolveremos sus problemas.

Atte
Carmen abogada de Malaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días,

Para poder asesorarle sería necesario saber que trámites inició su padre cuando falleció su madre, para que Ud. pueda cobrar la parte que le corresponde de la herencia.

Quedamos a su disposición

GARCIA MUÑOZ ABOGADOS

Un saludo

García Muñoz Abogados Abogado en Alcalá de Henares

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