El derecho al olvido en Internet

En referencia a la ya famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se condena al gigante Google, revisamos en qué consiste el derecho al olvido en Internet.

17 OCT 2014 · Lectura: min.
El derecho al olvido en Internet

Al hilo de la ya famosa sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en la que se condena al gigante Google, por no aplicar correctamente el derecho a la cancelación de datos, han surgido muchas dudas sobre en que consiste exactamente el mal llamado “derecho al olvido”.

Como en todo, en este caso tampoco ha faltado la división de opiniones y por tanto hay diversas opiniones sobre el tema. Por un lado, algunas personas lo han llegado a calificar como muy cercano a la censura de la información en Internet, pues esta protección de los datos confrontaría según ellos al derecho a la información y a la opinión. Según este grupo de personas, si admitimos el derecho al olvido en Internet lo único que conseguiremos será borrar el pasado de todas aquellas personas que han cometido ciertos actos negativos y tras ese borrado no encontraremos en Internet nada malo de esas personas. Por ejemplo, según este criterio, llegaría un momento en el que todo aquél que haya cometido un delito solicite el borrado de sus datos y por tanto nadie pueda encontrar esa información.

El otro sector, más moderado, califica al derecho al olvido como algo necesario para proteger el derecho al honor, intimidad y propia imagen, así como el derecho a eliminar todos aquellos datos que no sean exactos o verídicos.

En concreto, el llamado “derecho al olvido” proviene de la Directiva de Protección de Datos de la Unión Europea, que en su artículo 1 explica que: "Los Estados miembros garantizarán, con arreglo a las disposiciones de la presente Directiva, la protección de las libertades y de los derechos fundamentales de las personas físicas y, en particular, del derecho a la intimidad en lo que respecta al tratamiento de los datos personales", Consiste por tanto, efectivamente en el derecho que ampara a todas las personas para solicitar, tanto de la fuente de la información como del buscador, la retirada de cualquier información que sea inexacta, no veraz o desactualizada, así como la no autorizada. El encargado de tutelar este derecho en España es la Agencia Española de Protección de Datos, a quien hay que acudir en caso de que la fuente original en que se contengan los datos o el buscador se nieguen a satisfacer nuestro requerimiento.

Pero el hecho de que exista este derecho no quiere decir que, basándose en el mismo, todo el mundo pueda solicitar la retirada de sus datos de las búsquedas en Internet. Ello se ve fácilmente cuando revisamos las resoluciones de la Agencia Española de Protección de Datos en estos temas, cuyas resoluciones no siempre admiten la solicitud de borrado de los datos. En un alto porcentaje estas resoluciones desestiman la solicitud por tratarse de hechos con relevancia política o social y que se hallan de actualidad por lo que no corresponde que sean borrados dado que están protegidos por el derecho a la información. Sin embargo, sí que se accede a la petición en casos en los que se trate de noticias muy obsoletas, que se muestren datos que no sean ciertos o incluso que se muestren datos de carácter personal que el titular de los mismos no quiera que se conozcan, como nombre y apellidos, dirección, teléfono o dirección de correo electrónico, entre otros.

Por todo ello, vemos que se trata de un derecho necesario y de no muy difícil aplicación, pues se trata de proteger a las personas de que circulen por la red informaciones falsas, inexactas o personales que no sean consentidas por los titulares.

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