¡Cuidado con los pisos chollo!

¡Pisos chollo! Cuidado, antes de iniciar la inversión, solicita nota simple para ver cargas del piso y referencia catastral para ver el precio de la vivienda y evitar un sanción de la A.E.A.T

3 MAR 2016 · Lectura: min.
¡Cuidado con los pisos chollo!

Con la crisis que invade nuestro país, hemos apreciado una bajada considerable del precio de las viviendas que tan sobrevaloradas estaban en pleno auge del "boom" inmobiliario.

En la actualidad podemos encontrar pisos por precios mas que razonables y que en más de una ocasión nos han hecho replantearnos su adquisición por considerarlos una verdadera ganga:

"Piso en el centro de la ciudad, reformado, 70 metros cuadrados, dos baños, una habitación, salón y cocina, todo exterior, con las mejores calidades y todo ello al mejor precio tan solo por 60.0000€"

Este tipo de anuncios son muy frecuentes en distinto portales de Internet dedicados a la venta inmobiliaria, ¿pero realmente la adquisición de estos pisos son un chollo? Sí, hasta que recibes una sanción de Hacienda.

Pero ¿esto a que es debido?

Pues bien una cosa es el precio por el que nosotros adquirimos la vivienda, es decir, el valor real y otra el valor catastral de la vivienda, un ejemplo: la vivienda tipa A la hemos adquirido por 60.000€ pero el valor catastral de la misma es de 95.000€, y Hacienda no nos aplica en el pago del impuesto de trasmisiones patrimoniales, el precio por el que hemos adquirido la vivienda (según el ejemplo 60.000€) si no el precio que aparece en el catastro, (que según el ejemplo es 95.000€).

Ante este problema ¿qué podemos hacer? Pues bien es, posible recurrir tal sanción, mediante un escrito de alegaciones a la sanción recibida, que en el caso de que sea desestimatorio se podrá interponer un recurso de reposición y por ultimo si también es denegado, acudir a la vía económico-administrativa.

La clave de este proceso de alegaciones, esta en demostrar, que efectivamente el valor real de la vivienda no se corresponde con el valor catastral, hecho que podemos demostrar con la aportación de una prueba pericial de tasación de la vivienda, en nuestros escritos de alegaciones.

Escrito por

Maria del Mar Ibañez Sabio

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