¿Será posible quedarme con la custodia de mi hija de dos años?

Realizada por Jose Maria Santos. 23 feb 2016 Custodia compartida

Buena tardes, ¿podría quedarme con la custodia de mi hija de 2 años si la madre de ella no trabaja y no tiene casa propia, mientras que yo tengo un trabajo estable y casa propia?

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Buenos días José María,

El hecho de que la madre de su hija no trabaje y no tenga casa propia no obsta de que se le pueda otorgar la custodia individual de su hija o una guarda compartida. Los tribunales valoran el bienestar de los menores, y si ella no tiene medios propios es muy posible que usted deba ayudarla. En todo caso, tendríamos que valorar si ya existe entre ustedes una sentencia que regule las medidas paternofiliales o no, y tomar las acciones oportunas.

Para poder darle una respuesta más concreta y acertada, tendríamos que conocer más a fondo el tema.
El todo caso, el mejor consejo que puedo darle al respecto es que se haga con los servicios de un buen abogado de familia que le asesore convenientemente.

Mucha suerte.

Saludos cordiales,

Abogada Sandra Burgos Abogado en Sabadell

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Buenos Dias Jose Maria, le informamos que usted puede instar demanda de modificación de medidas, si ya hubo convenio firmado o sentencia de divorcio o de relaciones paternofiliales, si no la hubo deberá instarla usted. Tenga en cuenta que dicho cambio que afecte al menor, debe hacerse siempre teniendo en cuenta, el interés del menor ( PPIO FAVOR MINORIS), y que se la den dependerá de muchos factores. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

Grech Abogados Abogado en Madrid

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Buenos días,

El hecho de que ella no disponga de vivienda fija, ni trabajo, en principio no es de por sí una causa para que le denienguen la custodia de la hija.

Deberíamos valorar el tema en profundidad para ofrecerle una solución.


Un cordial saludo,

Vanessa Morillas Gándara Abogado en Barcelona

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Buenos días

Para decidir la custodia, los jueces tienen en cuenta factores como horarios laborales (disponibilidad para cuidar al hijo), lo que se venía haciendo antes de la separación, la edad del menor, etc. Para poder darle una respuesta adecuada a su caso debería conocerlo en profundidad. Un consejo es que si quiere la custodia no deje pasar tiempo porque si no vive con su hija los jueces lo tienen muy en cuenta.

Saludos
Ignacio Tomás
Abogado

Tomás Doriga Abogado en Barcelona

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Buenos días,
Habría que ver la situación actual y si tienen algún convenio firmado anteriormente.
El solo hecho de que la madre no trabaje no es determinante para que a ud. le den la custodia.
Hay que estudiar el caso detenidamente. Quedo a su disposición por si queire que le asesoremos mas en profundidad.
Marta Asenjo Romo

Marta Asenjo Romo Abogado en Madrid

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Buenos días


Si en la actualidad tienen algún convenio que regula la situación de la menor y la madre tienen la custodia, lo que debe es solicitar modificación de medidas, para que le otorguen a usted la guarda y custodia

En el supuesto de que no tengan ningún acuerdo ni medidas, y lo que quiere es solicitar para usted la guardia y custodia, hay que iniciar un procedimiento y presentar una demanda solicitando tales medidas.

En cualquier caso, lo mas aconsejable es que se asesore de un abogado, que con todos los detalles de su caso le aconsejar con mayor precisión

Puede ponerse en contacto con nuestro despacho y le asesoraremos
Atte
Carmen abogada de Málaga

M-G& D Abogados Abogado en Málaga

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Buenos días José María,
Desconozco si la situación de tu hija actualmente se rige por un convenio previo o si por el contrario, no. En el primer caso, lo imperante sería instar una demanda de modificación de medidas definitivas, argumentando la situación actual y qué ha cambiado con respecto al momento en que se determinó que tu ex pareja tuviera la guarda y custodia.
En el segundo caso, correspondería instar una demanda de guarda y custodia, así como la petición de una pensión de alimentos para el progenitor no custodio, manifestando un convenio a firmar por los dos progenitores, y en tu caso, argumentando el por qué deberías ser tú el que obtuviese la guarda y custodia.
Para cualquier información adicional, por favor, no dude en consultarnos. Somos especialistas en Derecho de Familia.

Un cordial saludo

VALORA ASOCIADOS ASESORES S.L.

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