¿Recurrir la patria potestad?

Realizada por Juanjo Medina. 3 feb 2016 Pensión alimenticia

Buenas noches, estoy en proceso de separación, ya avanzado, tengo las medidas provisionales.

En estas especifica que estando yo con mis hijos, mi ex-mujer, los tiene de lunes a viernes todas las semanas.

Son dos preguntas:

La primera, ¿es legal que me llame 25 veces en un fin de semana, habiéndolos visto todos los días? Sé que hay un min, ¿pero no hay un máximo?

Segunda, ¿podría rechazar la compartida y solo pasarles la manutención?

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Buenas tardes, respecto a las llamadas, no es lo más normal que la madre llame tantas veces, lo normal es regular en el convenio regulador el régimen de llamadas del progenitor no custodio durante el régimen de visitas.

Respecto a la custodia, Ud. acordar con la otra parte renunciar a la custodia compartida, pasarles una pensión de alimentos y tener un derecho de visita.
Quedo a us disposición para ayudarle.
saludos

Ignacio Jimenez - Abogado Abogado en Madrid

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Buenas Tardes, le informamos que habrá que estar a lo acordado en sentencia y convenio regulador y será de obligado cumplimiento para ambas partes. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!

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