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Buenas tardes Fran.
Según su pregunta, entiendo que parten de una separación de mutuo acuerdo.
La pregunta que usted lanza es a mi entender demasiado general, así que intentaré responderle según nuestra experiencia y los supuestos típicos que suelen darse en estas situaciones.
Si usted desea formalizar dicha separación he de entender que comparten bienes comunes y que es deseo de ambos repartir de manera que cada miembro de la pareja reciba su parte y pueda emprender nuevamente una vida independiente. Ya que si no existen bienes comunes no sería necesario realizar ninguna formalidad.
Si no existieran bienes comunes pero usted está inscrito en el registro de parejas de hecho, deberá comunicar a dicho registro la disolución de la pareja. Si no se realizada dicha comunicación conjuntamente con el otro miembro de la pareja, debe comunicarse previamente a ese otro miembro mediante burofax.
Si existieran bienes comunes, lo ideal es formalizar ante notario una liquidación de dichos bienes.
DiegoRossi.Abogados queda a su entera disposición para aclararle todas las dudas que le surjan a raíz de esta respuesta, así de asesorarle en la tramitación de la disolución de la pareja de hecho de la que usted era miembro.
Un saludo.
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3 respuestas
Buenas Tardes Fran, deberá comunicar al registro de parejas de hecho su separación y si existían bienes comunes pedir su disolución o bien ante Notario o por vía judicial. Si existen hijos menores deberá instar demanda de relaciones paternofiliales ante los Juzgados de Familia. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Familia, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
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buenos dias,
para disolver una pareja de hecho y repartir bienes comunes y/o en caso de de tener hijos comunes establecer pactos en beneficio de los hijos debe instar mutuo acuerdo con los pactos acordados. En caso de no tener nada en común la gestión es mas sencilla y no requiere actuación judicial pero si un asesoramiento jurídico.
si lo desea podemos asesorarle en cuantas gestiones precise.
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Buenos días Fran,
Entiendo que no hay hijos en común, pues de haberlos deberían presentar demanda de regulación de medidas respecto de los hijos y allí se sustanciaría.
Si son pareja de hecho y se inscribieron como tales en un registro, se trataría de comunicarlo al mismo registro.
Si no se inscribieron, no es necesario que hagan nada.
Si hubieran bienes a repartir, puede hacerse de dos formas, de mutuo acuerdo, formalizado por escrito, o en caso de discusión sobre la repartición, cabría acudir al Juzgado.
Si quiere que le demos una información más detallada, póngase en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarle.
Un saludo,
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