Buenos días, acabo de recibir una notificación de una multa por exceso de velocidad en un tramo de 50km/h y el radar dice que iba a 71km/h.
Puesto que es justo 71km/h el límite que pasa a ser una infracción grave con pérdida de puntos, me gustaría saber cómo averiguar si en esa notificación está aplicado el margen de error del radar, ya que si no estuviese aplicado la cuantía económica sería mucho menor y no conllevaría pérdida de puntos.
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En la notificación debería estar indicado, si no fuera así, puede recurrir solicitando en el recurso todos esos datos, más la fecha de la última revisión con el comprobante de validez de la inspección.
Buenas Tardes Teresa, le informamos que debe usted impugnar dicha multa solicitando que se practiquen dichas pruebas hasta agotar la vía administrativa. Si desea que valoremos su caso con detalle, en Grech Abogados somos expertos en Administrativo y Contencioso Administrativo, venga a vernos, estaremos encantados de atenderle!
Tendría usted que recurrir y solicitar que se practique la prueba pertinente en relación al margen de error del radar, así como que el mismo funciona correctamente y ha pasado las revisiones oportunas.
Nos encargamos de todo.
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Dolorier & Asociados Abogados
Abogados y Asesores Fiscal, Contable y Laboral
Madrid