Cámaras de vigilancia audiovisuales
Me gustaría saber si es legal el uso de cámaras en hostelería en exceso (sin ningún punto ciego incluyendo la zona de descanso) con el fin de vigilar al trabajador y las conversaciones de éste y de los clientes sin previo aviso por parte de la empresa y sin carteles debidamente colocados y completos.
También me gustaría saber el tiempo según el convenio de hostelería en Sevilla que se ha decretado de descanso durante una jornada de 8 horas ininterrumpidas.
Gracias