Subrogación de propietario a inquilino

Realizada por Maria. 12 abr 2018 Administración de fincas

Vivo de alquiler desde 2014, la dueña no declara ante hacienda el alquiler, por lo que no ha registrado el contrato. Le di una fianza y todos los recibos estan a mi nombre y le pago por transferencia siempre del 1 al 5. Me ha ofrecido subrogar por lo que queda por pagar que son 100,000 mas 6,000 euros que quiere aparte. Haberlo aceptado verbalmente lo único es que estoy esperando que el banco lo apruebe, ella me esta metiendo prisa porque le ha salido otro comprador que le da más dinero, y dice que me lo guarda a ese precio pero me pide una señal, sin firmar nada, ni sin saber si finalmente el banco lo va a aprobar. Mi consulta es: 1. ¿Puedo descontar la fianza de esos 6000 euros? 2. ¿Es lógico que me esté presionando cuando yo vivo aquí hace 4 años y esta todo en manos de su banco?

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Hola buenas tardes.

De su primera pregunta, la respuesta sería que automáticamente no podría usted descontársela pues al ser por conceptos muy dispares no procedería. Ello sin perjuicio de llegar a un acuerdo con la dueña, en cuyo casi sí seria posible.

En cuanto a su segunda pregunta, la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 le concede al arrendatario un derecho de tanteo y retracto, que le permiten tener preferencia en caso de enajenación del inmueble, así que aunque la dueña no quisiera darle dicha preferencia podría incluso usted subrogar-se (ocupar el lugar) en la posición de un tercer comprador.

Kernel Legal Corporate & Bancario Abogado en Barcelona

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