Buenos días, tengo contrato de alquiler firmado el 01/02/2013
Ahora los propietarios me comunican vervalmente que quieren vender y que tienen prisa.
Preguntas:
1. ¿Hasta que fecha puedo estar en mi domicilio aunque vendan?
2. ¿Tengo obligación de enseñar la casa a inmobiliarias y particulares?
Gracias.
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En el presente caso parecería que falta ver si se firmó contrato de alquiler y en qué condiciones. Si usted firmó contrato de alquiler habrá que estar al clausulado del mismo para ver las condiciones que se estipularon en caso de que se quisiera poner fin al mismo de forma anticipada.
En caso de no existir contrato, dependería de, como ha dicho el compañero, si esta inscrito o no en el Registro, aunque no habiendo contrato las posibilidades de que sea así son prácticamente nulas pues para acceder al mismo es necesario que se hubiera formalizado en escritura pública.
Como te han comentado el preaviso debe ser por escrito y en cuanto a enseñar el piso no hay obligación alguna. Si los propietarios quieren vender deberán esperar a que abandones la vivienda para concertar visitas.
1- No deberían haberlo hecho de manera verbal, ha de ser por escrito y que quede constancia de ello.
2- La situación varía en función de si tiene el contrato de arrendamiento inscrito en el registro de la propiedad.
Si es que sí, tiene derecho a estar en el piso hasta que finalice el plazo que se pactó en el contrato.
3- Si es que no (es lo más habitual y probable). Tiene derecho a estar 3 meses desde que haya concertado la venta con el comprador de buena.
4- Respecto a la obligación de enseñar el piso. No, no está obligado.
De todas maneras, usted tiene derecho a reclamar los daños y perjuicios que ello le ocasione.