¿Puedo pedir la incapacidad?

Realizada por MANUEL. 22 nov 2018 Abogados laboral

Buenas noches, tras sufrir un infarto y colocarme 3 stens en el corazón me ha quedado un fevi del 43%, ¿podría conseguir una incapacidad permanente total?

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Existe una Incapacidad Permanente Total (IPT) cuando un trabajador no puede continuar realizando las funciones esenciales de su puesto de trabajo u oficio habitual por ver reducidas sus capacidades como consecuencia de una enfermedad o accidente, de modo que está inhabilitado para realizar su trabajo habitual.

En este caso, se entiende por “profesión habitual”, la que se desarrolla en el momento de producirse el accidente o, en caso de enfermedad, el trabajo que se desarrollaba durante los 12 meses anteriores a la misma.




Para ser beneficiario de la pensión, deberás estar afiliado en el régimen general de la Seguridad Social y de alta o en situación asimilada al alta (ver supuestos).

Si la incapacidad permanente se ha producido como consecuencia de un accidente de trabajo o por un accidente no laborales, o por una enfermedad profesional, no se exige período de cotización.

Si la incapacidad viene derivada de una enfermedad común, se debe cumplir el periodo mínimo de cotización y éste se calcula de forma distinta para cada rango de edad:


• Si tienes menos de 31 años, debes tener al menos cotizaciones acumuladas de una tercera parte (1/3) del tiempo que haya transcurrido entre la fecha en que cumpliste 16 y la del hecho que ha dado lugar a la incapacidad permanente.


• Si has cumplido 31 años o más, será necesario tener cotizaciones de al menos una cuarta parte (1/4) del tiempo transcurrido entre la fecha en que cumpliste 20 años y la del hecho que ha dado lugar a la incapacidad permanente. Al menos 1/5 parte deberá encontrarse dentro de los 10 años anteriores al hecho y el número mínimo de años cotizados será 5.

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