¿Como puedo solicicitar mi incapacidad permanente de oficio?

Realizada por maria alvarez. 25 nov 2015

He encontrado un impreso para el INNS, pero yo soy de MUFACE y me han respondido esto:


La competencia para jubilar es de la Unidad de Personal del Organismo donde presta servicios el funcionario y el reconocimiento y abono de la pensión de jubilación corresponde a Clases Pasivas*, por lo que deberá trasladar su consulta sobre este tema a estos Servicios.

No obstante, le informo que la normativa sobre el trámite de jubilación por incapacidad permanente para el servicio no se ha modificado, por lo que dicho trámite se podrá seguir iniciando, como hasta ahora, a petición del interesado o de oficio por parte del Órgano de Personal del Organismo por donde presta servicios el funcionario, incluso sin situación de Incapacidad Temporal (IT) previa.

Desde una situación de IT ya iniciada, puede impulsarse el procedimiento de jubilación por incapacidad permanente para el servicio:


I. De forma obligatoria, alcanzados los 545 días naturales desde el inicio de la situación de IT.

II. En cualquier momento desde el inicio de la situación, cuando se prevea que la enfermedad o lesión impide definitivamente el desempeño de las funciones públicas


1. Bien por la información suministrada en los partes de IT o en los informes de ratificación.

2. Bien por el asesoramiento médico con el que cuente el Órgano de Personal.

3. Si, solicitado el reconocimiento a la Unidad Médica de seguimiento, el resultado del mismo fuese "propuesta de jubilación por incapacidad permanente".


Le sugiero que contacte con su Unidad de Personal para que le informen sobre este tema.


Pero esta unidad creo entender que lo hace a propuesta de los servicios médicos y después de mucho ofrecérmelo antes de operarme ahora se niega

Gracias

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Entiendo que el funcionario puede pedir la incoación por parte de la administración del expediente de declaración de incapacidad para el servicio y pasar a clases pasivas, cuando entienda que la patología o las secuelas que padece son determinantes de perdida de facultades para el servicio, solicitando por ello ser evaluado por los Tribunales Médicos.

. Fernando Blazquez
Defensa Juridica Especializada

Defensa Jurídica Especializada Abogado en Tarragona

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