¿Pueden embargar a mi mujer por una deuda mía anterior al matrimonio?

Realizada por Miguel Angel Sanchez Fernandez. 3 ago 2017 Abogados reclamaciones

Hace 2 años solicité un préstamo personal (me reclaman en este momento cerca de 8000€ con los intereses) en banco Santander en una cuenta compartida con la que es mi actual mujer (en el momento de solicitarlo ni estábamos casados ni eramos pareja de hecho).


Ese préstamo personal esta a mi nombre y ella no firmó nada ni aparece en ningún lugar.


Me ha llegado una carta del juzgado diciéndome que (resumiendo) si no pago en 10 días. Procederán a embargarme.


Mi duda es la siguiente. Yo no tengo bienes embargables (ni casa. Vehículo. Cuentas corrientes o nomina) pero mi mujer si tiene una pensión de gran invalidez en una cuenta de otra entidad en la que yo no aparezco.


Nos hemos casado hace poco y no hicimos separación de bienes.


La cuestión es, al no poder pagar yo la deuda ni tener nada embargable: ¿pueden embargarle a ella?

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Estimado Miguel Angel;

Si figuras en una cuenta bancaria como cotitular con tu mujer, se presume que el el 50 % del saldo es tuyo, por lo que cabría el embargo.

En tal caso, deberías presentar justificación documental en el juzgado de que a pesar de que es una cuenta con cotitularidad, solo percibe ingresos de tu mujer y en tal caso, el juzgado deberá devolver lo embargado.

Un saludo.

César Carranza Merino Abogado en Castro-Urdiales

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