Ayuda, madre divorciada

Realizada por Maria. 29 may 2018 Nulidad matrimonial

Buenas, me gustaría saber qué puedo hacer, necesito ayuda urgente. Soy madre divorciada desde hace 3 años, tengo dos hijos uno de 9 años y otro de 13. En la sentencia de divorcio se dictaba que el padre podría ver a sus hijos todos los días de la semana durante un par de horas porque no quise quitarle el derecho a mis hijos de ver y estar con su padre, un fin de semana el padre y otro fin de semana yo, y las vacaciones una semana cada uno. Bien, decidimos que como el padre por asunto de trabajo tenía que desplazarse fuera a otra provincia yo me quedaba con los niños y que el viniese a verlos cuando pudiese. Hasta ahí bien, pero resulta de que llevo tres años divorciada y yo estoy los 365 días del año y las 24 horas del día haciendo de padre y de madre, el ha rehecho su vida y tiene su trabajo fijo en otra provincia y cuando tiene días de permiso o descanso que suele ser 3 dias, un fin de semana, viene a ver a sus hijos una hora si acaso en esos tres días. Lo bueno viene ahora que estoy sin trabajo y cobrando desempleo y decido buscar trabajo fuera de donde vivo, con la intención de que si me sale un buen trabajo y me tengo que ir de donde vivo pues es lógico no. Pues la respuesta del padre es que no intente de sacar a los niños fuera, que no tengo su consentimiento, que puedo buscar trabajo y rehacer mi vida pero en donde vivo y que se me ocurra sacar los niños de aquí. Mi pregunta es, ¿qué puedo hacer? Estoy desesperada porque los niños no quieren irse con su padre pero por la edad y por ley estoy es lo que hay, ¿no sé qué hacer? No quiero que mis hijos sufran pensando que se tienen que ir con su padre en contra de su voluntad, cuando han visto en estos 3 años que el no ha echo nada por verlos bienestar con ellos, que con solo dar al mes 200€ tiene derecho a exigir como padre. No sé qué hacer de verdad necesito consejos y ayuda. Gracias.

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Lo primero es notificar de manera fehaciente al otro progenitor, la existencia de la nueva situación que lleva aparejada la intención de cambio del domicilio y por ende la modificación que debe de realizarse con respecto al régimen de visitas.

Si no se llega a un acuerdo con el padre, sobre la conveniencia de ese cambio de domicilio, o sobre el nuevo régimen de visitas derivado de ello. usted deberá acudir al Juzgado para que sea éste quien resuelva al respecto.

Recuerde que siempre debe de cumplir lo acordado en la sentencia o convenio regulador en tanto, cualquier comportamiento que no siga lo recogido en el mismo se entenderá como un incumplimiento, hasta que se modifiquen las medidas definitivas del divorcio ya existentes por acuerdo entre los progenitores por escrito o mediante nuevo procedimiento judicial.

En conclusión, sólo se podrá hacer el cambio de domicilio de los hijos una vez se tenga el consentimiento del otro progenitor (siempre por escrito y con homologación judicial) o por medio de autorización judicial previa al cambio de residencia de los menores.

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