Función Pública

Qué es la Función Pública.

29 DIC 2010 · Lectura: min.
La Función Pública desempeña su trabajo en el área de administración del Estado

La Función Pública es el conjunto de personas que desempeñan su trabajo en la Administración del Estado, la Comunidad Autónoma o Corporación local y que mantienen una relación profesional y que tiene carácter especial en función del servicio público que llevan a cabo. Son asimismo las personas que gestionan y desarrollan el servicio público de la Administración. Pertenece al Derecho Administrativo.

Básicamente se puede dividir la Función Pública es dos puntos en lo que a su naturaleza jurídica respecta:

  1. Corriente civilista: menciona que la Función Pública exige capacidad y consentimiento entre las partes y las prestaciones entre ambas son recíprocas, ya que el empleado presta una serie de servicios y el Estado le da a cambio la remuneración que habían acordado. Esta corriente afirma que la Función Pública pertenece al Derecho Civil.
  2. Corriente publicista: al contrario que la civilista, afirma que la Función Pública corresponde al Derecho Público porque es el Estado quien tiene la potestad de vincular a personas para que ejerzan las funciones que quieran atribuirles para poder alcanzar sus metas y objetivos.

La Función Pública se rige fundamentalmente por seis Principios Constitucionales:

  1. Igualdad de oportunidades: garantiza el acceso al empleo mediante unas oposiciones a las que se pueden presentar todos los ciudadanos que cumplan los requisitos exigidos en cada caso.
  2. Mérito: garantiza la promoción interna en la carrera Administrativa, dependiendo de las cualidades y capacidades de cada caso.
  3. Moralidad: en cuanto a la idoneidad moral y legal de las personas que van a desempeñar sus tareas en la Función Pública.
  4. Eficacia: al ser una actividad del Estado, se garantiza la efectividad en todos los servicios que presta.
  5. Imparcialidad: garantiza que los órganos que gestionen y realicen los procedimientos necesarios lo hagan con total imparcialidad.
  6. Publicidad: es la difusión que se realiza de las convocatorias que se publiquen y que permite que sean conocidas por la totalidad de los posibles candidatos.
abogados
Linkedin
Escrito por

Abogados365.com

Deja tu comentario

últimos artículos sobre trabajo y empresa