Voy a otra ciudad por trabajo, ¿puede obligarme a cumplir el régimen de visitas?
Realizada por Maria. 2 jun 2014
La custodia de mi hijo la tiene su padre, viven en Cádiz. En la actualidad debo trasladarme desde Sevilla (que es donde residía la unidad familiar) a Cádiz, lugar donde se trasladaron porque iba a contraer matrimonio. Gano 1081 euros, pago 350 de hipoteca y 150 de pensión, gasoil, agua, luz, tfno. Y si queda... comer.
No puedo soportar ese coste y menos con lo que se me avecina… el paro.
A la fiscal y al juez les dio igual. Fallaron a su favor.
Ante el inminente despido me planteo trasladarme a Madrid a buscar otro trabajo, residiendo en casa de un familiar mientras tanto. Hasta entonces y sin trabajo, ¿puede obligarme a cumplir el régimen de visitas? La pensión es sagrada. Gracias.
Respuesta enviada
En breve comprobaremos tu respuesta para publicarla posteriormente
Ha habido un error
Por favor, inténtalo de nuevo más tarde.
Mejor respuesta
Esta respuesta le ha sido útil a 0 personas
Un cambio sustancial como el que comenta, que la llevaría a vivir a Madrid, le permite solicitar una modificación de la Sentencia (ya sea respecto al importe de la pensión si se queda en paro, ya sea una modificación del régimen de visitas, etc). Se puede pactar el cambio con su ex y formalizar el convenio ante el Juzgado y, si no hay acuerdo, solicitarlo al Juez mediante demanda contenciosa de modificación. Somos un despacho de abogados de Barcelona expertos en Derecho de Familia, quedamos a su disposición.
El cumplimiento del régimen de visitas debe llevarse a cabo siempre y cuando no existan circunstancias que lo impidan. Desconozco las circunstancias exactas que llevaron al Juzgado a acordar tales medidas definitivas, pero:
1) si se produce el despido, es una nueva circunstancia para instar la modificación de medidas;
2) el traslado de residencia que impide cumplir el régimen de visitas es motivo para alterar su cumplimiento y pedir la modificación de medidas;
3) si la sentencia es reciente ¿la has recurrido?
cualquier cosa, estamos a su disposición para poder interesar más información y poder ofrecer un asesoramiento más adecuado
Según las circunstancias, no olvide que puede acudir a la asistencia jurídica gratuita. Acuda al SOJ
Ante el cambio de circunstancias que concurrieron cuando se dictó la Sentencia de divorcio, debe presentar una demanda de modificación de las medidas acordadas en su día, acreditando que se ha reducido su capacidad económica y que se trasladará a otra localidad para buscar un empleo.
La pensión se tendrá que ajustar a la realidad de sus ingresos y el régimen de visitas tendrá que modificarse teniendo en cuenta la distancia de residencia de cada uno de los progenitores.
Si no tiene ingresos para plantear esa demanda, puede acudir al Colegio de Abogados de su localidad y solicitar acogerse al beneficio de justicia gratuita para que le asignen un abogado de oficio.